Declara al Año 2015 como el "Año del Bicentenario de la visita a San Juan, del Gobernador Intendente de Cuyo, General Don José de San Martín".
LEY N.º 1297-P
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Declárase al Año 2015 como el "Año del Bicentenario de la visita a San Juan, del Gobernador Intendente de Cuyo, General Don José de San Martín".
ARTÍCULO 2º.- Dispónese que todos los documentos oficiales de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la provincia, hasta el 31 de diciembre del año 2015, deberán contener en el margen superior derecho, la siguiente leyenda: "Año del Bicentenario de la visita a San Juan, del Gobernador Intendente de Cuyo, General Don José de San Martín".
ARTÍCULO 3º.- El Poder Ejecutivo auspiciará actividades, seminarios, conferencias y programas educativos que contribuyan a la difusión en la provincia de los hechos alusivos al Bicentenario de la visita del General Don José de San Martín a San Juan, como Gobernador Intendente de Cuyo.
ARTÍCULO 4º.- Invítase a todos los municipios a adherir a la presente ley.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los nueve días del mes de abril del año dos mil quince.