LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :
ARTICULO 1º.- Apruébase en todos sus términos, desde la fecha de su suscripción, el Convenio de Complementación de Servicios, celebrado entre la Provincia de San Juan y la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, ratificado por Decreto Nº 2.613-SHF, de fecha 11 de noviembre de 1993.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los tres días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cuatro.-