LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :
ARTICULO 1º.- Apruébase en todas sus partes el Contrato dePermuta suscripto entre el Gobierno de la Provincia y los señores Juan Wenceslao Porres y Juan Walter Porres, celebrado el día 13 de diciembre de 1973, y ratificado por Decreto Nº 0204-E, de fecha 04 de febrero de 1974, cuya copia autenticada forma parte de la presente.-
ARTICULO 2º.- Autorízase a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites necesarios para proceder a la inscripción del inmueble, de acuerdo al Contrato de Permuta.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veintitrés días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y seis.-