LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el “CONVENIO DE SUSCRIPCIÓN DEL PROGRA-
MA DE EMISIÓN DE LETRAS DE CANCELACIÓN DE OBLIGACIONES PROVINCIALES (LECOP)”, celebrado entre el Poder Ejecutivo de la Provincia, el Banco de la Nación Argentina y el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial, en fecha 24 de octubre de 2001.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil uno.-