LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Incorpórase a la Planilla Anexa del Artículo 4º bis de la Ley N.º 4680, incorporado por la Ley N.º 7555, al señor José Ignacio Montero, L.E. N.º 7.932.099.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los seis días del mes de septiembre del año dos mil siete.-