Acuerda subsidio por la suma de $ 2.021.167,00 a los municipios de la Provincia.
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Acordar un subsidio por la suma de PESOS DOS MILLONES VEINTIUN MIL CIENTO SESENTA Y SIETE ($ 2.021.167,00) a los municipios de la Provincia, a distribuir según Planilla Anexa que forma parte de la presente Ley.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, realice las modificaciones presupuestarias que fueren necesarias y determine la forma en que se transferirá el subsidio acordado por el Artículo 1º.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo
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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil once.