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Vicegobernador y Presidente Nato de la Cámara de Diputados de San Juan
Faculta al Poder Ejecutivo, a celebrar contrato de fideicomiso para llevar adelante el desarrollo y ejecución de la obra
pública denominada "Centro Judicial de San Juan".
LEY DE NECESIDAD Y URGENCIA: Aprueba el Acta Compromiso Nº 6 del Convenio Marco de Asistencia y Cooperación, celebrado entre Mendoza Fiduciaria S.A. y el Gobierno de San juan denominada " CONTRATO DE FIDEICOMISO DE ADMINISTRACION Y ASISTENCIA FINANCIERA VITIVINICOLA 2014 DE SAN JUAN"
Autoriza al P.E. a través del Ministerio de Infraestructura y Tecnología a participar en calidad de inversor en el Fideicomiso Financiero Beazly – La dormida -, por un monto de Pesos Doce Millones, para atender las inversiones de obras de transporte y distribución de gas natural.
Autoriza al P.E. a celebrar con el Poder Judicial, un Contrato de Fideicomiso para llevar adelante el proyecto y construcción de la obra pública denominada "Ciudad Judicial de San Juan".