Nuestra Institución ha Certificado procesos de Gestión de Calidad bajo Normas ISO 9001:2015
Modifica el artículo 3º de la Ley Nº 8069, por el que prohíbe a embarazadas y niños de hasta diez años, la circulación a bordo de motocicletas, ciclomotores y cuatriciclos.
Establece requisitos para la venta al público de elementos ópticos que se interpongan en el campo visual.
Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación, dos fracciones de terreno en el Departamento Jáchal, con el objeto de permitir la accesibilidad al "Campo Caballo Anca", desde la Ruta Nacional Nº 150.
Adhiere la Provincia a la Ley Nacional Nº 26704, que dispone que las remuneraciones en Dinero debidas al trabajador, podrán pagarse mediante la acreditación en cuenta abierta a su nombre en entidad bancaria o en institución de ahorro oficial.
Modifica el artículo 2º de la Ley N.º 7330, régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones fiscales del personal de la Administración Pública Provincial Centralizada, Órganos Descentralizados y Entes Autárquicos.
Declara de Utilidad y sujeto a expropiación, para la realización de la obra de apertura de vías de penetración Sur-Este-Tramo Avenida de Circunvalación calle Güemes Departamento Capital.
Aprueba el Convenio Nº 156, cuyo objetivo es mejorar la competitividad del sector vitivinícola de la Provincia.
Aprueba el "CONVENIO ENTRE LA PROVINCIA DE SAN JUAN Y EL GOBIERNO NACIONAL”, suscripto el 28 de diciembre de 2011. Relacionado con la Coparticipación.-
Modifica el artículo 2º de la Ley Nº 8091, donación a la entidad civil Club Deportivo y Cultural Bº Rivadavia.
Aprueba el "CONVENIO DE PRÉSTAMO SUBSIDIARIO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO DE ÁREAS RURALES (PRODEAR)".
Ley de Necesidad y Urgencia: Acordar un subsidio por la suma de PESOS CUARENTA MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO a los municipios de la Provincia. RATIFICADA POR RES. Nº 09/12 Pub.04-07-12.
Modifica el artículo 23 de la Ley Nº 8243, Programa de Modernización del Empleo Provincial.
Sustituye el punto 1, del Inciso J, del ArtÃculo 3º, de la Ley N.º 1276-I y Modifica el artÃculo 3º de la Ley Nº 1140-P.
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