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Dona un terreno del Estado Provincial a favor de la Municipalidad de Rawson.
Dona un inmueble a la Asociación Civil de Ayuda a las Personas Discapacitadas. (ACIAPED).
Ley de Orden Público. Declara inembargables los fondos o recursos públicos municipales provenientes del cobro de alumbrado público y derecho municipal de ocupación del espacio público, por redes del servicio eléctrico, en cualquier tipo de causa judicial.
Modifica el artículo 4º de la Ley Nº 5.558 Fiscalía de Estado; Funciones y Atribuciones.
Declara Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Provincia al edificio del pabellón central del Hospital "Dr. Guillermo Rawson", ubicado en la Ciudad de San Juan y lo designa como Monumento Histórico y Artístico.
Modifica la Ley Nº 7.136, Jurado de Enjuiciamiento. Incorpora art. 33º Bis; modifica el art.7º; el inc. l) del art. 32º; el art.57º; el art. 78º; el art. 85º; el art.86º; el art. 88º, el art. 90º; el art. 91º; el art. 92º; el art. 93º; el art. 94º;y el art.118.
Modifica Código Tributario de la Provincia, Ley N.º 3908 y modificatorias; en el cuarto párrafo del articulo 35º; incorpora el inc. f) del art. 114º; modifica el cuadro del inc.2) del art.131º Bis; incorpora segundo párrafo del inc. 11) del art. 131º ; incorpora ultimo párrafo del art.176º; modifica inc. II), del art. 204º; incorpora inc. 35) al art. 249º; sustituye el art. 297º; modifica el tercer párrafo del art. 298; sustituye el inc. j) del 311. Rige a partir del 1 de enero de 2013.
Declara Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Provincia al edificio que fue vivienda y estudio profesional del Dr. Juan Maurín, ex Gobernador de la Provincia, ubicado en la Ciudad de San Juan y lo designa como Monumento Histórico y Artístico.
Declara Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Provincia al paraje de Balde del Rosario, ubicado en el Departamento Valle Fértil y lo designa como Sitio Histórico.
Declara Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Provincia a la primera Usina Hidroeléctrica ubicada en la Quebrada de Zonda y lo declara como Monumento Histórico.
Declara Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Provincia a instalaciones ubicadas en el edificio de la Bodega Museo Santiago Graffigna y las declara como Sitio Histórico.
Aprueba el Convenio de Cooperación suscripto entre la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno de la Provincia de San Juan y la Comisión para Intercambio Educativo entre los Estados Unidos de América y la República Argentina (Comisión Fulbright). Ratificado por Decreto 1680-SECITI-2012.
Rinde homenaje a la gesta histórica protagonizada por la columna al mando del Tte. Cnel. Juan Manuel Cabot y a los pueblos de los departamentos provinciales que en ella, contribuyeron.
Fija las 17:00 horas como horario final de la jornada laboral para las actividades comprendidas por el convenio colectivo de trabajo (CCT 130/75) para los días 24 y 31 de diciembre de cada año, exceptuándose las actividades realizadas por sus propios dueños o propietarios de establecimientos comerciales.
Declara al 12 de junio de cada año como "Día provincial de las niñas, los niños y adolescentes por la inclusión y la convivencia contra toda forma de violencia y discriminación". Deroga la Ley Nº 7.708.
Aprueba en todas sus partes, el convenio suscripto el día 27 de septiembre de 2012, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, y el Gobierno de la Provincia de San Juan, en el marco del Programa de Asistencia para la Cadena de Valor Vitivinícola Argentina
Deroga la Ley N.º 950. Cancelación de deudas de pequeñas propiedades compradas antes del terremoto del Año 1944.