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Ley Nº: 7880

Aprueba en todas sus partes el "Convenio Marco de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la Provincia de San Juan y el Gobierno de la Provincia de La Rioja" ratificado por Decreto del P.E.P.Nº 246-MPyDE , de fecha 10 de Marzo de 2008.-

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE L E Y:

ARTICULO 1º.- Apruébase en todas sus partes el “CONVENIO MARCO DE COOPERACION TECNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN Y EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA “, suscripto el día 4 de febrero del año 2008, entre el Gobierno de la Provincia de San Juan, representado, por el señor Gobernador Ing. José Luis GIOJA; a través del Ministerio de Producción y Desarrollo Económico de San Juan, representado por el señor Ministro Lic. Raúl Osvaldo BENÍTEZ y, el Gobierno de la Provincia de La Rioja, representado, por el señor Gobernador, Dr. Luis Bedder Herrera, a través de la Secretaría de la Producción y Desarrollo Local de la Provincia de La Rioja, representada en aquel acto, por Dn. Andrés Osvaldo TORRES, quienes convinieron celebrar el mismo, tendiente a aunar medios y esfuerzos para la implementación de actividades que a través de la cooperación técnica, la investigación y la asistencia mutua de bienes y servicios contribuya al desarrollo sustentable de ambas Provincias, el que fuera oportunamente ratificado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 246-MPyDE , de fecha 10 de Marzo de 2008, el que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ley.- 

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los diez días del mes de abril del año dos mil ocho.-

Información adicional

  • Tipo: Trámite ordinario
  • Fecha de Sanción: Jueves, 10 Abril 2008
  • Fecha de Certificación: Lunes, 28 Abril 2008
  • Fecha de Publicación: Jueves, 15 Mayo 2008
  • Situación: Vigente