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Ley Nº: 8030

Retrotrae al dominio del Estado Provincial, un inmueble donado a la Liga Caucetera de Fútbol situado en el Departamento Caucete. Deroga la Ley Nº 1542.

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTÍCULO 1º.- Retrotraer al Dominio Privado del Estado Provincial, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 53 de la Ley N.º 3046, el inmueble ubicado en el Departamento Caucete, Nomenclatura Catastral N.º 13-50-280770 a nombre del Estado Provincial, que fuera donado a la Liga Caucetera de Fútbol por Ley N.º 1542, en el año 1950, con Plano de Mensura aprobado por la Dirección de Geodesia y Catastro al N.º 13-1362-72 con las siguientes medidas linderas: al Norte con calle Urquiza, mide 63,66 m; al Sur con parcelas N.C. N.º 13-50-270770 y N.C. N.º 13-50-270760 a nombre de Juana Lucero de Tello y mide 52,08 m y 11,80 m; al Este con calle Juan José Bustos, mide 15,61 m; al Oeste con parcelas N.C. N.º 13-50-280760 y N.C. N.º 13-50-280740 a nombre de Carmen Peñaloza de Lobo y Fausto Ramón Criado y mide 29,67 m; Superficie según título y mensura de 1.152,59 m2.-

ARTÍCULO 2º.- Derógase la Ley N.º 1542.-


ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los trece días del mes de agosto del año dos mil nueve.-

Información adicional

  • Tipo: Trámite ordinario
  • Fecha de Sanción: Jueves, 13 Agosto 2009
  • Fecha de Certificación: Miércoles, 30 Septiembre 2009
  • Fecha de Publicación: Viernes, 16 Octubre 2009
  • Situación: Vigente