LOGO IRAM ISO 9001

LEY Nº: 1555-P

Prorroga, hasta el 31 de diciembre de 2017, lo dispuesto en la Leyes N.º 1266-P. y 792-P - Emergencia Habitacional en todo el ámbito de la Provincia de San Juan.

LEY N.º 1555-P

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase, desde el 1º de enero de 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2017, lo dispuesto en la Ley N.º 1266-P.

ARTÍCULO 2º.- Prorrógase, desde el 1º de enero de 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2019, la declaración del Estado de Emergencia Habitacional en todo el ámbito de la Provincia de San Juan, dispuesto por la Ley N.º 792-P.

ARTÍCULO 3º.- La presente ley es de orden público.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

------000------

Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.

Mario Alberto Herrero Dr. José Rubén Uñac
Secretario Legislativo Vicepresidente Primero
Cámara de Diputados Cámara de Diputados

Información adicional

  • Tipo: Trámite ordinario
  • Fecha de Sanción: Miércoles, 30 Noviembre 2016
  • Fecha de Promulgación: Miércoles, 07 Diciembre 2016
  • Fecha de Publicación: Lunes, 19 Diciembre 2016
  • Situación: Vigente