Aprueba Convenio de Ejecución Plan Nacional de Seguridad Alimentaria – Fortalecimiento de las Prestaciones Alimentarias de Comedores Escolares, de la Provincia.
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Vicegobernador y Presidente Nato de la Cámara de Diputados de San Juan
Aprueba Convenio de Ejecución Plan Nacional de Seguridad Alimentaria – Fortalecimiento de las Prestaciones Alimentarias de Comedores Escolares, de la Provincia.
LEY N.º 1549-S
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Apruébase en todas sus partes el Convenio de Ejecución Plan Nacional de Seguridad Alimentaria – Fortalecimiento de las Prestaciones Alimentarias de Comedores Escolares, que tiene por objeto brindar un refuerzo alimentario a niños, niñas y adolescentes en edad escolar, asistentes a comedores escolares de la provincia, provenientes de hogares en situación de vulnerabilidad socio alimentaria de la Provincia, ratificado mediante Decreto N.º 1727-MDHyPS, de fecha 31 de octubre de 2016.
ARTÍCULO 2º.- El Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social será la autoridad de aplicación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.
Mario Alberto Herrero Dr. José Rubén Uñac
Secretario Legislativo Vicepresidente Primero
Cámara de Diputados Cámara de Diputados