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LEY Nº: 1444-A

Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación inmueble  ubicado en calle 9 de Julio s/n destinado para la apertura y prolongación de calle Riobamba hasta calle 9 de Julio.

LEY N.º 1444-A

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTÍCULO 1º.-       Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, conforme a la Ley General de Expropiaciones N.º 1000–A, el inmueble NC 01-48-135335, ubicado en calle 9 de Julio s/n, correspondiente al Lote N.º 4, del Plano de Mensura N.º 01-20820-94, según constancias obrantes en el Registro General Inmobiliario, figura a nombre de María Noel CATTANEO, DNI N.º 30.688.365, al folio real mat. 01-03435-As. 16 - Capital – Año 2006, el cual será destinado para la apertura y prolongación de calle Riobamba hasta calle 9 de Julio.

ARTÍCULO 2º.-       La Dirección de Geodesia y Catastro de la Provincia, será la encargada de realizar la mensura afectada a dicha expropiación.

ARTÍCULO 3º.-       Para el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º de la presente ley, el Ministerio de Hacienda y Finanzas utilizará los créditos correspondientes, conforme al valor determinado en el Acuerdo N.º 5605 del Tribunal de Tasaciones de la Provincia de San Juan, Acta N.º 1511, de fecha 29 de abril de 2016, según el siguiente detalle:  Parcela N.C. 01-48-135335; valor $1.772.100 (Pesos Un Millón Setecientos Setenta y Dos Mil Cien).

ARTÍCULO 4º.-       Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los treinta días del mes de junio del año dos mil dieciséis.

Información adicional

  • Tipo: Trámite ordinario
  • Fecha de Sanción: Jueves, 30 Junio 2016
  • Fecha de Certificación: Martes, 19 Julio 2016
  • Fecha de Publicación: Martes, 16 Agosto 2016
  • Situación: Vigente