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LEY Nº: 1436-A

Faculta al Poder Ejecutivo a realizar oferta de adjudicación en la liquidación de los bienes que componen la Sociedad de Beneficencia Hospital Español de la Provincia de San Juan.

LEY N.º 1436-A

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y ;

ARTÍCULO 1º.-       Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar oferta de adjudicación en la liquidación de los bienes que componen la Sociedad de Beneficencia Hospital Español de la Provincia de San Juan, a fin de continuar con el objeto de la misma, prestación de servicios de salud, asumiendo la totalidad del pasivo e incorporando al personal dependiente del Hospital Español de San Juan, en la medida que lo permita la legislación vigente.

ARTÍCULO 2º.-       Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las diligencias pertinentes para que los bienes, que componen la Sociedad de Beneficencia Hospital Español de la Provincia de San Juan, ingresen al dominio del Estado Provincial. Asimismo, incorporar al Ministerio de Salud Pública y hospitales públicos descentralizados, en la medida de las posibilidades que lo establece la legislación vigente, al personal que actualmente cumple funciones en relación de dependencia en el Hospital Español de la Provincia de San Juan.

ARTÍCULO 3º.-       Autorízase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a realizar los ajustes presupuestarios necesarios para el cumplimiento de la presente norma legal.

ARTÍCULO 4º.-       Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los dos días del mes de junio del año dos mil dieciséis.

Información adicional

  • Tipo: Trámite ordinario
  • Fecha de Sanción: Jueves, 02 Junio 2016
  • Fecha de Certificación: Jueves, 23 Junio 2016
  • Fecha de Publicación: Viernes, 15 Julio 2016
  • Situación: Vigente