Crea en el Escalafón del Personal Docente y en el Escalafón General de la Planta de Personal del Ministerio de Educación, cargos y horas cátedra.-
Crea en el Escalafón del Personal Docente y en el Escalafón General de la Planta de Personal del Ministerio de Educación, cargos y horas cátedra.-
LEY N.º 1333-H
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Créase en el Escalafón del Personal Docente y en el Escalafón General de la Planta de Personal del Ministerio de Educación, los cargos y horas de cátedra que a continuación se detallan:
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
CARGOS CANTIDAD
Escalafón Personal Docente 4.800
Horas de Cátedra 90.000
Escalafón General 200
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas y a propuesta del Ministerio de Educación realice la distribución de los cargos creados a los organismos dependientes de dicho Ministerio, en función de sus necesidades, como así también a realizar las reasignaciones de crédito del Presupuesto vigente a fin de dar cumplimiento a la presente ley.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los treinta días del mes de julio del año dos mil quince.