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LEY Nº: 8546

Aprueba  Acta Complementaria, entre el Gobierno de la Provincia, el Ministerio de Minería, y Minera Argentina Gold S.A.

LEY N.º 8546

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTÍCULO 1º.-       Apruébase el Acta Complementaria, celebrada el 17 de julio de 2014, entre el Gobierno de la Provincia, el Ministerio de Minería, y Minera Argentina Gold S.A., que oportunamente fuera ratificada por Decreto N.º 1009/2014, en el marco del Acta Compromiso, refrendada mediante Decreto N.º 0794/2011, la que como anexo forma parte integrante de la presente ley.

ARTÍCULO 2º.-       Prorrógase el plazo de duración del "Fondo Fiduciario de Infraestructura Rajo Argenta", aprobado por Ley N.º 8234, por el término de tres (3) años, el que podrá ser prorrogado nuevamente en tanto hubieren pagos pendientes de los contratos de locación de obra y/o servicios financiados con el presente fondo fiduciario.

ARTÍCULO 3º.-       La presente ley comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4º.-       Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

Información adicional

  • Tipo: Trámite ordinario
  • Fecha de Sanción: Jueves, 18 Diciembre 2014
  • Fecha de Promulgación: Martes, 23 Diciembre 2014
  • Fecha de Publicación: Lunes, 29 Diciembre 2014
  • Situación: Vigente