Aprueba AddendaN.º 2, modificatoria del Convenio y su Addenda N.º 1, celebrados entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad, con el objeto de la realización de la obra: "Ruta Nacional N.º 150, tramo: Ischigualasto-Empalme Ruta Nacional N.º 40.
LEY N.º 8544
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la AddendaN.º 2, de fecha 18/07/2014, modificatoria del Convenio de fecha 17/07/2012 y su Addenda N.º 1, de fecha 10/01/2014, celebrados entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad, con el objeto de la realización de la obra: "Ruta Nacional N.º 150, tramo: Ischigualasto-Empalme Ruta Nacional N.º 40, Sección IIA1: km106-km 131, Sección IIA2: km 131-km 143 y Sección IIB: km 143-km 155-San Juan", ratificada por Decreto N.º 1449-MI del Poder Ejecutivo Provincial, de fecha 26 de noviembre de 2014; que como anexo forma parte integrante de la presente ley.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil catorce.