Aprueba Convenio firmado entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad, para realización de la obra: "Ruta Provincial N.º 215 tramo: calle Mendoza-Ruta Nacional N.º 40, departamento Pocito.
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Vicegobernador y Presidente Nato de la Cámara de Diputados de San Juan
Aprueba Convenio firmado entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad, para realización de la obra: "Ruta Provincial N.º 215 tramo: calle Mendoza-Ruta Nacional N.º 40, departamento Pocito.
LEY N.º 8543
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio de fecha 22/04/2014, firmado entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad, con el objeto de la realización de la obra: "Ruta Provincial N.º 215 (calle 11), tramo: calle Mendoza-Ruta Nacional N.º 40, departamento Pocito-Provincia de San Juan", ratificado por Decreto N.º 1452-MI, del Poder Ejecutivo Provincial, de fecha 27 de noviembre de 2014; el que como anexo, forma parte integrante de la presente ley.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a modificar el presupuesto de gastos y de recursos y financiamiento, para atender el gasto que genere lo dispuesto en la presente ley.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil catorce.