Aprueba el Convenio Único de Colaboración y Transferencia y sus Anexos I y II, celebrado entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, dependiente de la Secretaría de Obras Pública del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, y la Provincia de San Juan.
LEY N.º 8523
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Convenio Único de Colaboración y Transferencia y sus Anexos I y II, celebrado entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, dependiente de la Secretaría de Obras Pública del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, representado por su titular, Arq. Germán A. Nivello; y la Provincia de San Juan, representada por su señor Gobernador, Ing. José Luis Gioja, ratificado por Decreto N.º 1330-MI, del Poder Ejecutivo Provincial, celebrado en fecha 30 de octubre de 2014.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil catorce.