Aprueba la addenda a los convenios aprobados por las Leyes Nros. 7782 y 7783, referidas a las Reglamentaciones N.º 43 "A" y 400 del Banco de la Nación Argentina, entre el Banco de la Nación Argentina y la Provincia de San Juan.
Aprueba la addenda a los convenios aprobados por las Leyes Nros. 7782 y 7783, referidas a las Reglamentaciones N.º 43 "A" y 400 del Banco de la Nación Argentina, entre el Banco de la Nación Argentina y la Provincia de San Juan.
LEY N.º 8514
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Apruébase en todas sus partes la addenda a los convenios aprobados por las Leyes Nros. 7782 y 7783, referidas a las Reglamentaciones N.º 43 "A" y 400 del Banco de la Nación Argentina, suscripta el 1 de octubre de 2014, entre el Banco de la Nación Argentina, representado por el señor Presidente de la institución, Dr. Juan Ignacio Forlón, y la Provincia de San Juan, representada por el señor Gobernador de la Provincia, Ing. José Luis Gioja, la que fuera oportunamente ratificada por Decreto N.º 1391-MPyDE del Poder Ejecutivo Provincial, de fecha 10 de noviembre de 2014, el que como anexo forma parte integrante de la presente ley.
ARTÍCULO 2º.- Exímase del Impuesto a los Sellos a la addenda que por este instrumento legal se aprueba y a todos los instrumentos que surjan de su aplicación, desde la firma de la misma, haciéndose extensivo lo dispuesto por la Ley N.º 7841.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil catorce.