Autoriza al Poder Ejecutivo a otorgar apoyo financiero a Energía Provincial Sociedad del Estado, para financiar la construcción de una Fábrica Integrada de Silicio Solar, Obleas y Celdas Cristalinas y Paneles Solares Fotovoltaicos.
Autoriza al Poder Ejecutivo a otorgar apoyo financiero a Energía Provincial Sociedad del Estado, para financiar la construcción de una Fábrica Integrada de Silicio Solar, Obleas y Celdas Cristalinas y Paneles Solares Fotovoltaicos.
LEY N.º 8417
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a comprometer del Presupuesto Provincial actual y futuros, el monto necesario para otorgar apoyo financiero a Energía Provincial Sociedad del Estado a los fines de que financie el Contrato Llave en Mano para la construcción de una Fábrica Integrada de Lingotes de Silicio Solar, Obleas y Celdas Cristalinas y Paneles Solares Fotovoltaicos de 71 MWp anuales de producción, que ha suscripto, en uso de sus facultades, con la empresa Gebr. SCHMID GmbH, por la suma de Euros Ciento Treinta y Nueve Millones Trescientos Ocho Mil Novecientos Ocho (€ 139.308.908,00), debiendo realizarse las modificaciones presupuestarias a los fines establecidos en la presente ley.
ARTÍCULO 2º.- La presente ley entrará en vigencia desde su sanción.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil trece.