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Ley Nº: 8264

Declara de Utilidad y sujeto a expropiación, para la realización de la obra de apertura de vías de penetración Sur-Este-Tramo Avenida de Circunvalación calle Güemes Departamento Capital.

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE L E Y:

ARTÍCULO 1º.- Declárase de Utilidad Pública y sujeto a expropiación, en los términos de la Ley N.º 7966, la fracción "E" del Plano de Mensura Nº 01-19403-92, identificada con NC 01-63-752456, con una superficie s/mensura de 650,63 m2 y s/título de 711,83 m2 e inscripta en el Registro General Inmobiliario bajo el Nº 8561, Fº 61, Tº 86, Capital, Zona "C", Año 1990.

ARTÍCULO 2º.- La fracción a expropiar, de acuerdo al Artículo 1º, será destinada a la realización de la Obra: "Apertura de Vías de Penetración SUR-ESTE, Tramo: avenida de Circunvalación – calle Güemes, Departamento Capital".

ARTÍCULO 3º.- Determínase que, toda vez que se torna necesario la realización de la obra enunciada en el Artículo 2º, a cuyo fin resulta imprescindible contar con la posesión y dominio del inmueble afectado, dispónese que el eventual juicio de expropiación se tramitará por las reglas del proceso urgente, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N.º 7966.

ARTÍCULO 4º.- Para el cumplimiento del Artículo 1º, el Ministerio de Hacienda y Finanzas utilizará los respectivos créditos conforme al valor determinado por el Tribunal de Tasaciones de la Provincia, en el Acuerdo N.º 4515, Acta N.º 1367 de fecha 23 de abril de 2012, cuyo monto asciende al valor de Pesos Ciento Diez Mil ($110.000).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil doce.

Información adicional

  • Tipo: Trámite ordinario
  • Fecha de Sanción: Jueves, 17 Mayo 2012
  • Fecha de Certificación: Lunes, 04 Junio 2012
  • Fecha de Publicación: Martes, 26 Junio 2012
  • Situación: Vigente