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Ley Nº: 6998

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y

ARTICULO 1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo para que otorgue un préstamo de UN MILLON CUATROCIENTOS MIL (1.400.000) en Bonos de Crédito Fiscal (CREFI) a la Sociedad Unión Propietarios de Omnibus (SUPO), con destino al funcionamiento de las Empresas de Transporte Colectivo de Pasajeros.-

ARTICULO 2º.- El mencionado préstamo será devuelto por los 

tomadores en doce (12) cuotas iguales, mensuales y consecutivas a partir del mes de abril del año 2000; con más un interés del OCHO POR CIENTO (8%) anual sobre saldos. Las Empresas que conforman S.U.P.O. garantizarán en forma individual y solidaria la deuda, conforme a la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo.-


ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veinticinco días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y nueve.-