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Ley Nº: 7781

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase en todas sus partes el Convenio celebrado entre el Ministerio de Infraestructura y Tecnología, representado por su titular Dr. Ing Tomás José STRADA, por una parte, la Municipalidad de la Ciudad de Rawson, representada por su Intendente, Dn. Eduardo Mauricio IBARRA, aprobado por Decreto N.º 4339-06 de la Municipalidad de Rawson y Decreto N.º 1162-MIyT-06, del Poder Ejecutivo Provincial, mediante el cual por disposición N.º 235/05 de la Dirección Ejecutiva del Organismo Nacional de Administración de Bienes (O.N.A.B.E.), del 12 de agosto de 2005, se dispone la transferencia en los términos de los artículos 1º y 3º de la Ley N.º 24146 y 10 del Decreto Nacional N.º 776/93, a favor de la Municipalidad de Rawson de la Provincia de San Juan, del dominio que el Estado Nacional posee respecto de dos fracciones de terreno y las mejoras que en ellas se rigen, ubicadas en jurisdicción de la Estación Villa Krause, del ramal S.M. ex Línea San Martín, en la Localidad de Rawson Provincia de San Juan, que se identifican con los números de inmuebles 3569326-0005 y 3569326-0006, ubicados en calle Lemos entre Dr. Ortega y Agustín Gómez, ambas fracciones totalizan una superficie aproximada de terreno de Ciento Cincuenta y Tres Mil Cuatrocientos Metros Cuadrados con Siete Decímetros Cuadrados (153.400,07m2) para ser destinados a actividades deportivas, espacios verdes y recreación (Parque Municipal), sin que puedan modificarse dichos destinos sin autorización expresa del organismo nacional.-

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil seis.-