LOGO IRAM ISO 9001

Ley Nº: 7396

Ley de Orden Público Modificase el Artículo 2º de la Ley Nº 7.375, de Ordenamiento de la Recolección de Residuos Sólidos Urbanos.-

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1º.- Modifícase el Artículo 2º de la Ley Nº 7.375, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 2º.- Esta Ley es de Orden Público, además el Estado Pro vincial promoverá la coordinación y la interrelación de acciones con los Municipios de la Provincia de San Juan”.-


ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


----------0o0o0----------


Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los treinta y un días del mes de julio del año dos mil tres.- 

Información adicional

  • Tipo: Trámite ordinario
  • Fecha de Sanción: Jueves, 31 Julio 2003
  • Fecha de Promulgación: Lunes, 07 Julio 2003
  • Fecha de Publicación: Martes, 09 Septiembre 2003
  • Situación: Derogada