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Ley Nº: 7302

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1º.- Declárase la segunda semana del mes de Octubre de cada año y dentro de ésta el día 10 de Octubre, como “Semana y Día Provincial del Agua”, ambos en concordancia con la creación del Departamento de Hidráulica, realizada el día 10 de octubre de 1943, mediante la sanción de la Ley Provincial Nº 886.-

ARTICULO 2º.- Establécese el día 10 de octubre de cada año como “DIA DEL TRABAJADOR DEL AGUA DE RIEGO”, declarándose asueto administrativo.-


ARTICULO 3º.- Inclúyase en los contenidos curriculares correspondientes a los niveles de enseñanza de EGB 1, EGB 2 y EGB 3, las normativas vigentes sobre el uso racional del agua en sus distintas aplicaciones para su preservación.-


ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los diez días del mes de octubre del año dos mil dos.-