LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :
ARTICULO 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia a utilizar los recursos remanentes de la obra de pavimentación de la calle "Enfermera Medina" en el Departamento Caucete, para ejecutar la pavimentación de la calle "Juan José Bustos", en el mismo Departamento.-