Nuestra Institución ha Certificado procesos de Gestión de Calidad bajo Normas ISO 9001:2015

LOGO IRAM ISO 9001

Ley Nº: 6412

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1º.- Prohíbese por el término de cinco años la transferencia a título gratuíto de la nuda propiedad de inmuebles del Estado, a favor de personas (físicas o jurídicas) privadas.-

ARTICULO 2º.- Exceptúanse aquellos casos que correspondan a planes previos de políticas generales de utilización de inmuebles aprobados por ley.-


ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


------oooooo------


Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los treinta días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y tres.-