LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :
ARTICULO 1º.- La distribución de los montos que corresponden a los Municipios de la Provincia de San Juan, conforme al Artículo 28º de la Ley Nº 6.260, Presupuesto año 1992, se efectuará de la siguiente manera:
a) El ochenta y cinco por ciento (85%) entre todas las Municipalidades, de acuerdo a lo siguiente y planilla anexa:
1) El noventa por ciento (90%) en proporción directa a la población.
2) El diez por ciento (10%) en proporción directa a la superficie de cada Departamento.
b) El quince por ciento (15%) para el Fondo de Desarrollo Departamental y Areas de Frontera, de la siguiente manera:
1.- ALBARDON 6%
2.- ANGACO 6%
3.- CALINGASTA 10%
4.- CAUCETE 6%
5.- IGLESIA 10%
6.- JACHAL 10%
7.- 9 DE JULIO 6%
8.- POCITO 6%
9.- SAN MARTIN 6%
10.- SARMIENTO 6%
11.- ULLUM 6%
12.- VALLE FERTIL 10%
13.- 25 DE MAYO 6%
14.- ZONDA 6%
ARTICULO 2º.- La distribución fijada en el Artículo 1º se apli-
cará a los montos que corresponden a los municipios desde el 1º de septiembre de 1992.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los quince días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y dos.-
PLANILLA ANEXA
DISTRIBUCION DE MONTO MENSUAL, ARTICULO 28º - LEY Nº 6.260 DE PRESUPUESTO
TOTAL A CADA MUNICIPIO
ALBARDON $ 33.701.-
ANGACO $ 20.866.-
CALINGASTA $ 47.512.-
CAPITAL $ 172.320.-
CAUCETE $ 56.829.-
CHIMBAS $ 75.114.-
IGLESIA $ 41.885.-
JACHAL $ 57.585.-
9 DE JULIO $ 17.823.-
POCITO $ 53.803.-
RAWSON $ 130.942.-
RIVADAVIA $ 82.883.-
SAN MARTIN $ 22.574.-
SANTA LUCIA $ 55.530.-
SARMIENTO $ 34.823.-
ULLUM $ 18.367.-
VALLE FERTIL $ 29.501.-
25 DE MAYO $ 32.111.-
ZONDA $ 15.749.-
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TOTAL: $ 999.915.-