LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :
ARTICULO 1º.- Agrégase a la Ley Nº 6.181, el siguiente Artículo complementario:
Nuestra Institución ha Certificado procesos de Gestión de Calidad bajo Normas ISO 9001:2015
Vicegobernador y Presidente Nato de la Cámara de Diputados de San Juan
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :
ARTICULO 1º.- Agrégase a la Ley Nº 6.181, el siguiente Artículo complementario:
"ARTICULO 2º.- Los gastos que demande el cumpli miento de la presente Ley, serán imputados a Rentas Generales.-"
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los nueve días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y uno.-