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Cuerpo Legislativo Actividad legislativa

Este jueves 10 la Tercera Sesión del período ordinario

Este jueves 10 la Tercera Sesión del período ordinario Fotos: Mario Contreras

La Cámara de Diputados de San Juan celebrará este próximo jueves 10 de mayo, a partir de la hora 9.30, la Tercera Sesión del período ordinario, en cuyo transcurso abordará diversos temas que fueron seleccionados en la reunión de Labor Parlamentaria.

En efecto, este martes en la sala de situación de Presidencia deliberaron los integrantes de Labor Parlamentaria, encabezados por el vicegobernador y presidente de la Cámara de Diputados, Marcelo Jorge Lima junto a los legisladores Pablo García Nieto, Sergio Miodowsky, Gustavo Usín, Edgardo Sancassani, Fernando Moya, César Aguilar y el secretario Legislativo, Mario Herrero, quienes luego de analizar los despachos de las comisiones, resolvieron los temas que integrarán el Orden del Día de la Tercera Sesión del período ordinario.

Convenio entre Salud y Universidad del Congreso

Con la anuencia de las comisiones correspondientes, los diputados deberán considerar si otorgan acuerdo al convenio marco de asistencia y cooperación entre el Ministerio de Salud Pública de San Juan, representado por el ex ministro de Salud Pública, Castor Sánchez Hidalgo y la Universidad de Congreso, representada por su rector, Rubén Bresso.

El convenio tiene como objetivo principal fomentar el desarrollo de relaciones científicas, culturales y de docencia, cooperando entre ambas entidades y estableciendo un intercambio de información sobre recursos, programas de formación y proyectos de investigación y desarrollo; promover el intercambio y la colaboración del personal de ambas entidades a fin de realizar actividades siempre con fines científicos y de docencia.

Programa de Incentivos Fiscales

Con despacho favorable de las respectivas comisiones, el cuerpo pondrá a consideración el Mensaje Nº 0030 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo por el que dispone la creación del Programa de Incentivos Fiscales a la Inversión Productiva en la provincia de San Juan, que tendrá por finalidad apoyar la inversión, el empleo y el desarrollo sustentable de la provincia de San Juan.

Señala que el beneficio será materializado a través de certificados de crédito fiscal que serán entregados a los inversores; en tanto que el valor nominativo de los certificados será un porcentaje de la inversión total, neta de impuestos provinciales y nacionales del proyecto aprobado.

El monto inicial del programa creado por la ley será de Un  mil millones de pesos ($1.000.000.000), en certificados aplicables para cancelación de todos los impuestos provinciales y tendrá una vigencia de cinco años computados desde la fecha de emisión de los mismos.

Por otra parte, agotado el monto inicial del beneficio aprobado por ley, se podrá en la Ley de Presupuesto provincial del año que corresponda imputar montos a fin de prorrogar la vigencia del programa.

Estatuto del Personal de la Sanidad

También con despacho positivo por parte de las comisiones, los legisladores considerarán el Mensaje Nº 0026 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo por el que modifica el Artículo 6º Inciso a) de la Ley Nº 1148-Q, que corresponde al Estatuto y Escalafón para Personal Técnico y Auxiliar de la Medicina y Enfermería, Personal Administrativo Sanitario, Personal de Mantenimiento y Producción, Servicios Generales y Agrupamiento Profesional, Carrera Administrativa del Ministerio de Salud Pública de la provincia de San Juan.

Convenio entre Hacienda, Producción y Ciencia y Tecnología

Asimismo,  con el aval de las respectivas comisiones el plenario deberá considerar si ofrece conformidad al Mensaje Nº 0022 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo por el que aprueba en todas sus partes el convenio marco de colaboración celebrado el 4 de septiembre de 2017, entre el Ministerio de Hacienda y Finanzas, representado por su titular, Roberto Gattoni; el Ministerio de la Producción y Desarrollo Económico, representado por Andrés Díaz Cano y la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación, representada por Tulio Abel Del Bono y la Agencia de Calidad San Juan S.E.M., representada por Eduardo D`anna, cuyo objetivo consiste en establecer canales de comunicación y colaboración a fin de crear herramientas de fomento de la competitividad en sectores productivos en el ámbito de la provincia de San Juan.

Leyenda de violencia de género

A propuesta de la legisladora Amanda Días, el cuerpo deberá considerar un proyecto de ley que, con despacho positivo de las respectivas comisiones, propone establecer la obligatoriedad de incluir de manera legible y destacada en todas las boletas que fueran emitidas por las empresas provinciales prestadoras de servicios de energía eléctrica y agua potable, la leyenda “La violencia de género es un delito, denúncielo”.

Asimismo, en forma conjunta con la leyenda citada deberán consignarse los siguientes números de líneas gratuitas: para denunciar violencia de género 0800-6666351 y 144; 102 para atender el maltrato infantil y violencia familiar y 911 para emergencias o los que en el futuro los reemplacen.

Sobre el particular, será el Poder Ejecutivo quien determinará la autoridad de aplicación y, por último, invita a los municipios de la provincia a adoptar similar medida en sus respectivas jurisdicciones en los comprobantes de las tasas municipales.

Acceso gratuito al agua potable en locales nocturnos

A instancias de los legisladores Carlos Platero y Juan José Orrego, el plenario deberá considerar un proyecto de ley con despacho positivo de las comisiones correspondientes, que propone modificar la Ley 687-P-2014 en dos artículos.

En tal sentido, el proyecto de ley propone incorporar el Artículo 3 bis a la Ley 687-P, que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 3 bis: Acceso gratuito al agua potable: quedan obligados todos los establecimientos afectados por esta ley, a poner a disposición de los clientes agua potable para consumo personal de forma gratuita, sin límite y sin necesidad que medie solicitud alguna. El servicio deberá ser brindado a través de dispensers, bebederos u otros medios que el titular crea conveniente, ubicados estratégicamente para garantizar el acceso a este servicio a todo el público que haya ingresado. Garantizándose un mínimo de dos bocas de expendio en aquellos establecimientos con capacidad hasta 200 personas. Cuando la capacidad se supera se incorporará una boca más cada 200 personas.

Por otra parte, incorpora además al Artículo 30 de la Ley Nº 687-P el inciso “o” que quedó redactado de la siguiente manera: Artículo 30º inciso o): Incumplir con la colocación de bocas de expendio de agua potable para el acceso gratuito de las personas que ingresen al establecimiento.

Terna para la Corte de Justicia

Con despacho positivo de las respectivas comisiones el cuerpo parlamentario deberá considerar si otorga acuerdo a la Resolución remitida por el Consejo de la Magistratura respecto de la terna elaborada entre los postulantes a cubrir el cargo de Ministro de la Corte de Justicia de la provincia de San Juan.

En tal sentido, la terna propuesta está compuesta por las siguientes abogadas: Celia Leonor Maldonado de Álvarez; Adriana Verónica García Nieto y Adriana Verónica Tettamanti.

Abrogan Ley Nº 426- Q – Fondo Solidario Hospitalario

Sobre tablas, los legisladores deberán determinar si ofrecen conformidad al Mensaje Nº 0035 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo por el que abroga (derogar, dejar sin efecto una norma vigente) la Ley Provincial Nº 426-Q.

En tal sentido, el proyecto del Ejecutivo está sustentado en el hecho que el gobierno provincial considera cumplido el objeto para el que fue creada la citada ley. Al respecto, la Ley Provincial Nº 426-Q, creó el “Fondo Solidario Hospitalario”, con recursos provenientes de los usuarios del servicio de energía eléctrica, siendo agentes de retención y percepción del Fondo las empresas que prestan el servicio de distribución de energía eléctrica, quienes deben depositar los importes recaudados en una cuenta especial denominada Fondo Solidario Hospitalario, abierta a ese efecto en el Banco San Juan S.A., dichos fondos son destinados exclusivamente a la compra de medicamentos y material descartable, con destino a los hospitales públicos y centros sanitarios”.

En consecuencia, el proyecto de ley propuesto por el Ejecutivo, dispone en su Artículo 1º: Abrogar la Ley Provincial Nº 426-Q

Y sostiene en el Artículo 2º: Establecer que los recursos del Fondo Solidario Hospitalario existentes y los devengados a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, que se perciban en fecha posterior a la misma, deben ingresar a la cuenta especial creada a tal efecto. Dichos fondos deberán remitirse al Ministerio de Salud Pública con el objeto de adquirir medicamentos y materiales descartables, conforme legislación vigente para las contrataciones de dicho organismo”.

Usuarios de Tarifa Social

También sobre tablas, el plenario deberá definir si ofrece acuerdo al Mensaje Nº 0036 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo por el cual propone eximir del pago de los aportes establecidos en las Leyes Provinciales Nº 863-A, 789-A y 1181-A, a los suministros de usuarios encuadrados en la categoría “Pequeñas Demandas Uso Residencial”, que siendo beneficiarios de la Tarifa Social, tengan consumos bimestrales facturados menores o iguales a Un Mil Kilovatios Hora (1.000 kWh).

Al respecto, el texto del Artículo 1º es el siguiente: Eximir del pago de los aportes establecidos en Leyes Provinciales Nº 863-A, 789-A y 1181-A, a los suministros de Usuarios encuadrados en la categoría “Pequeñas Demandas Uso Residencial”, que siendo beneficiarios de la Tarifa Social, según disposiciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación u Organismo Nacional con competencia en la cuestión y resoluciones reglamentarias emitidas por el Ente Provincial Regulador de la Electricidad en la provincia de San Juan, tengan consumos bimestrales facturados menores o iguales a Un Mil Kilovatios Hora (1.000 kWh).

Modificación Código Tributario

Sobre tablas, el cuerpo parlamentario deberá considerar si da acuerdo al Mensaje Nº 037 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo por el que propone modificar la Ley Nº 151-I Código Tributario Provincial y la Ley Nº 1698-I, Ley Impositiva del Ejercicio Fiscal 2018.

Ello atendiendo el impacto que produce en la economía familiar la modificación en el costo del servicio de energía eléctrica, impulsada por el gobierno nacional; el gobierno provincial ha evaluado una serie de medidas que tienen como objetivo atenuar dicho impacto, especialmente para los usuarios de menores recursos.

Se han considerado medidas de carácter general y, fundamentalmente, se han concentrado los esfuerzos en los usuarios con Tarifa Social y consumos bimestrales de hasta 1.000 kw/h.

A través de la Resolución Nº 06/2016 el Ministerio de Energía y Minería de la Nación estableció un precio denominado “Tarifa Social” destinado a un determinado universo de usuarios que carecen de capacidad de pago suficiente para afrontar los precios establecidos con carácter general. Las condiciones de aplicación de la referida “Tarifa Social” fueron reglamentadas por la Resolución E 1091/2017 de la Secretaría de Energía Eléctrica de la Nación.

A su vez, el Ente Provincial Regulador de la Electricidad (E.P.R.E.) por Resolución Nº 018/2016 instrumentó que en la provincia de San Juan las disposiciones de las normas citadas precedentemente.

Por ello propone eximir del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a la actividad de “Distribución de Energía Eléctrica” destinada a usuarios beneficiados con Tarifa Social y consumos bimestrales de hasta 1.000 kw/h.

Asimismo, para el resto de los usuarios propone gravar la actividad de “Distribución de Energía Eléctrica” a la alícuota del dos por ciento (2%) en el referido impuesto.

En tal sentido, el Artículo 1º expresa:

“Incorporáse como inciso w), del Artículo 130º de la Ley Nº 152-I, Código Tributario Provincial, el siguiente texto:

“w) La actividad de distribución de Energía Eléctrica destinada a usuarios beneficiados con la tarifa social establecida en la Resolución Nº 018/2016 del Ente Provincial Regulador de la Electricidad (E.P.R.E.), conforme las disposiciones de la Resolución Nº 06/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y de la Resolución E 1091/2017 de la Secretaría de Energía Eléctrica de la Nación, cuyo consumo bimestral no supere los 1000 kw/h”.

Artículo 2º- “Modifícase el Artículo 53º de la Ley Nº 1698-I, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 53º - Establécense para las actividades que se detallan a continuación las siguientes alícuotas:

Inciso 1: Para la actividad desarrollada por empresas de servicios eventuales, según Ley Nacional Nº 24013, la alícuota será del uno con ciencuenta centésimos por ciento (1,50%).

 

Inciso 2: Para la actividad de distribución de Energía Eléctrica, la alícuota será del dos por ciento (2%).

Artículo 3º: Las disposiciones de los artículos anteriores regirán para la facturación, emitida por las empresas distribuidoras de energía eléctrica de la provincia de San Juan, a partir de la fecha de sanción de la presente ley”.

Renuncia de juez de Cámara

Sobre tablas el cuerpo abordará el tratamiento de la nota remitida por la Corte de Justicia de San Juan, con relación a la renuncia Miguel Ernesto Novoa, al cargo de juez de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, con motivo de acogerse a los beneficios de la jubilación.

Proyectos de Resolución

Por otra parte, con despacho favorable de las comisiones correspondientes, el cuerpo deberá resolver si los siguientes proyectos son declarados de Interés:

  • Social y Cultural la obra teatral “Prohibidas”, bajo la dirección de Carolina Castro y Beto Espinosa, a desarrollarse el día 21 de mayo, a partir de las 21, en inmediaciones del Salón de Expresión Cultural, ubicado en el departamento Chimbas. (diputada Daiana Luna Font);
  • Deportivo, Cultural, Educativo y Recreativo a la Clínica Deportiva y Torneo Escuela de Tenis de Mesa Adaptado (ping-pong) para personas con capacidades especiales, organizado de manera conjunta por la Federación Argentina de Tenis de Mesa Adaptado “F.A.T.E. M.A.”, Escuela de Educación Múltiple Crucero A.R.A. General Belgrano del departamento San Martín, Club Sporting Estrella, el profesor Santiago Diamantino y el atleta paraolímpico de la selección argentina, Daniel Rodríguez, que se realizará los días 16, 17, 18 y 19 de mayo en el departamento San Martín. (diputado Rolando Cámpora);
  • Social y Educativo la “XVI Jornada Provincial de Jóvenes Profesionales de Ciencias Económicas”, a realizarse los días 11 y 12 de mayo de 2018, en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. (diputados Carlos Platero y Juan José Orrego);
  • Social, Sanitario y Educativo al Taller inclusivo “Diseño de esquinas inteligentes”, que organiza la Universidad Nacional de San Juan y que se llevará a cabo el 18 de mayo de 2018 en la provincia de San Juan. (diputada Marcela Monti);
  • Científico, Cultural y Educativo el VIII Encuentro de Investigadores en Ciencias Sociales de la Región Centro Oeste y el V Encuentro Binacional con la IV Región de Chile. (diputado Rolando Cámpora).

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