Imprimir esta página

Prevención del maltrato en todas sus formas

Recinto de Sesiones Recinto de Sesiones Fotos: Emmanuel Moreta

En el marco de la Decimoctava Sesión del período ordinaria celebrada este jueves 20 en la Cámara de Diputados de San Juan, el plenario resolvió aprobar el proyecto de ley, autoría del legislador Cristian Morales, de prevención del maltrato en todas sus formas a niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad que realicen actividades con adultos que no sean su padre, madre, guardador, tutor o curador.

La sesión fue conducida en forma alternada por el vicegobernador Sergio Uñac y los vicepresidentes primero, Pedro O. Mallea y segunda, Lucía Sánchez.

Prevención del maltrato a menores

La iniciativa tiene como objeto la prevención del maltrato en todas sus formas hacia niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad; que realicen actividades con una o más personas adultas y que éstos, no sean su padre, madre, guardador, tutor o curador.
La protección de la integridad física, psíquica, moral y sexual de los sujetos protegidos.

En cuanto a los sujetos protegidos por esta ley son las niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad y los sujetos obligados son: toda persona física o jurídica, del ámbito público o privado, que desarrolle en forma principal o accesoria, ad honorem o retribuido, actividades con niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad, son los obligados a presentar ante la autoridad de contralor de la actividad, la documentación a la que alude el artículo 4º de la ley.

a. Los directores, encargados, responsables o representantes legales de toda institución u organización son responsables de presentar la documentación requerida en al artículo 4º de esta ley, de las personas que efectivamente realicen actividades con los sujetos protegidos por esta ley.
b. Las personas físicas que desarrollen actividades con niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad en forma independiente son responsables de presentar la documentación requerida en el artículo 4º de esta ley.


Al respecto, el artículo 4º, bajo el título Obligación señala que los sujetos obligados por la presente ley tienen la obligación de presentar ante la autoridad de contralor de la actividad que desarrollan, un legajo con la siguiente documentación: fotocopia del documento nacional de identidad; certificado expedido por Licenciado en Psicología, Psicólogo o Médico Psiquiatra, con título expedido por universidad pública o privada, que acredite la aptitud psíquica donde conste el perfil de personalidad para trabajar con los sujetos protegidos por esta ley; certificado de Antecedentes Personales expedido por la Policía de San Juan; planilla prontuarial expedida por la Policía de San Juan; certificado de Reincidencia expedido por el Registro Nacional de Reincidencia dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, para el caso de quienes no tengan constituido domicilio real en la provincia de San Juan o, su antigüedad sea inferior al período de cinco (5) años, debe anexar la documentación requerida de su anterior domicilio.

Asimismo regula las infracciones y/ o sanciones por el incumplimiento de las normas establecidas en el artículo 4º por parte de los sujetos obligados; establece el derecho de los padres, guardadores, tutores, curadores y del Ministerio Público.

En las disposiciones transitorias señala que lo preceptuado en el artículo 4º debe ser cumplido por los sujetos obligados que comiencen la actividad como por aquellos que a la fecha de publicación de la presente ley, se encuentren en cumplimiento de funciones en cuyo caso deberán adecuarse a las exigencias y requisitos dentro del término de noventa días corridos a partir de su publicación. La autoridad de aplicación tienen facultades para prorrogar el plazo de presentación de la documentación por un término máximo de noventa días corridos.

Por último, otorga un plazo de un año, contado de corrido y a partir de la publicación de la presente ley, a los organismos públicos a efectos de adecuarse a las exigencias de esta ley.

Suspensión de procesos por deuda hipotecaria y de desalojos

El cuerpo parlamentario resolvió aprobar y abordar el tratamiento conjunto de sendas iniciativas de ley impulsadas por la diputada Lucía Sánchez, una de ellas que establece la suspensión de procesos judiciales por deuda hipotecaria y, la otra, la suspensión de procesos judiciales de desocupación, desalojos, restitución de inmuebles de vecinos de diversos barrios de la provincia de San Juan.

La primera señala que en virtud de la Ley Nº 7459, que declara en su Artículo 6º la emergencia social, suspende hasta el 31 de diciembre del 2016, los términos procesales de todos los juicios que tengan por objeto la ejecución de una hipoteca que no haya sido incluida en el fideicomiso establecido por la Ley Nacional Nº 25.798.

Asimismo, indica que quedarán alcanzadas por las disposiciones de esta ley, las hipotecas que recaigan sobre la vivienda única, familiar y de ocupación permanente, cuyo importe de origen del crédito hipotecario no exceda la suma de Pesos Cien Mil ($100.000), para lo cual será requisito indispensable además de los señalados, que la vivienda sea habitada por el deudor, lo que justificará mediante declaración jurada. Disponer que la falsedad de la declaración jurada formulada por el deudor implique la pérdida de los beneficios previstos en la presente norma.

Por último, propone la suspensión de los procesos de ejecución por cobro de honorarios hasta el 31 de diciembre del 2016.

En cuanto al segundo proyecto de ley aprobado, establece la suspensión hasta el 31 de diciembre de 2016 de todos los procedimientos judiciales en que son tramitadas la homologación de convenios, procesos sumarios y sumarísimos, de desocupación, desalojos, restitución de inmuebles como así también los relacionados con los inmuebles de los barrios Jardín del Milagro (Santa Lucía), Portal de los Andes I, II y III, Solares de San Juan I, II, III, IV y V y Solares de Otoño (de Capital y Rivadavia), todos construidos y/o financiados por la Cooperativa de Vivienda Gualcamayo Ltda. y/o SUMA Construcciones S.R.L. y/o MAPAL Emprendimientos Privados S.R.L., por juicios iniciados y promovidos por éstas, apoderados o cesionarios de derechos de los mismos, cualquiera sea su estado procesal y que no sean por causa penal.

Imposición de nombre a Escuela de Sarmiento

El cuerpo parlamentario considerará luego un proyecto de Ley, autoría del diputado Víctor Muñoz Carpino, por el que impone el nombre de “Gabriel García Márquez”, a la Escuela de Nivel Inicial Nº 25, ubicada en calle Domingo Faustino Sarmiento y 9 de Julio s/n, localidad de Los Berros, en el departamento Sarmiento, dependiente de la Dirección de Educación Inicial, Primaria y Especial del Ministerio de Educación de la provincia de San Juan.

Durante el tratamiento del proyecto de ley estuvieron presentes alumnos, docentes y directivos de la ahora denominada Escuela de Nivel Inicial Nº 25 “Gabriel García Márquez”, quienes siguieron las alternativas de la sesión.

Trescientos nuevos cargos en la Policía

Los legisladores ofrecieron acuerdo al Mensaje Nº 0046 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, que permitirá la creación de trescientos cargos de agentes, para incrementar la planta permanente del personal de la Policía de San Juan.

La iniciativa aprobada autoriza al Poder Ejecutivo, para que a través de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, produzca las adecuaciones presupuestarias necesarias para atender al gasto que impliquen los cargos creados.

Convenio por las Veranadas

Los parlamentarios resolvieron dar acuerdo al Mensaje Nº 0049 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, que aprueba el Convenio de Asistencia y Cooperación en Materia de Control de Veranadas, del 11 de junio de 2014, suscripto entre la Provincia y Gendarmería Nacional Argentina.

En tal sentido, la norma remitida por el Ejecutivo propone aprobar en todas sus partes, el "Convenio de Asistencia y Cooperación en Materia de Control de Veranadas", del 11 de junio de 2014, suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Juan y Gendarmería Nacional Argentina, por el que se establece la transferencia de cuarenta por ciento (40%) del importe total que la provincia perciba en concepto de tasas de veranadas en cada período estival, ratificado por Decreto Nº 1316-MG del Poder Ejecutivo, de fecha 28 de octubre de 2014.

Emergencia Hídrica Provincial

Luego fue abordado y recibió apoyo el Mensaje Nº 0050 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo relativo a la declaración en la provincia de San Juan del Estado de Emergencia Hídrica Provincial.

La norma aprobada establece la declaración del Estado de Emergencia Hídrica, en todo el territorio de la provincia, por el término de un año, a partir de la sanción de la presente ley y autorizar al Poder Ejecutivo a celebrar con el Estado Nacional los convenios de asistencia financiera necesarios para realizar las acciones y obras de refuerzo, mantenimiento y conservación, tendientes a la prevención de los daños que pudieran ocurrir por las inclemencias climáticas y escasez de recursos hídricos en la provincia.
A la vez, promueve la utilización racional del recurso hídrico, procurando la utilización del agua subterránea en los diferentes usos para compensar el déficit de agua superficial.

Competitividad del Sector Semillero

Posteriormente, los legisladores consideraron y adhirieron al Mensaje Nº 0051 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba la Addenda al Convenio de Préstamo Subsidiario/Anexo "Proyecto de Desarrollo Competitivo del Sector Semillero de la Provincia de San Juan".

El proyecto de Ley aprueba en todas sus partes la Addenda al Convenio de Préstamo Subsidiario/anexo "Proyecto de Desarrollo Competitivo del Sector Semillero de la Provincia de San Juan", registrado como Convenio Nº 408/10, suscripta el 13 de febrero de 2014, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, representado por Carlos Horacio Casamiquela y el Gobierno de la provincia de San Juan, representado por el Vicegobernador en ejercicio del Poder Ejecutivo, Sergio Mauricio Uñac, la que como anexo único forma parte integrante de la presente ley, ratificado por Decreto Nº 1374-MPyDE del Poder Ejecutivo, de fecha 4 de noviembre de 2014.

Addenda por convenios con Banco Nación

Después, el plenario resolvió dar acuerdo al Mensaje Nº 0056 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, que aprueba la addenda a los convenios aprobados por las Leyes Nº 7782 y 7783, referidas a las reglamentaciones 43 y 400 del Banco de la Nación Argentina.

Sobre el particular, la norma establecida sostiene la aprobación en todas su partes de la adenda a los convenios aprobados por las Leyes Números 7782 Y 7783, referidas a las Reglamentaciones Nº 43 “A” y 400 del Banco de la Nación Argentina, suscripta el 1 de octubre de 2014, entre el Banco de la Nación Argentina, representado por el presidente, Juan Ignacio Forlón, y la provincia de San Juan, representada por el Gobernador, José Luis Gioja, que fuera oportunamente ratificada por Decreto Nº 1391-MPyDE del Poder Ejecutivo Provincial, de fecha 10 de noviembre de 2014, el que como anexo forma parte integrante de la presente Ley.

Propone además eximir del Impuesto a los Sellos a la adenda que por este instrumento legal se aprueba y a todos los instrumentos que surjan de su aplicación a partir de la firma del convenio, haciéndose extensivo lo dispuesto por la Ley Nº 7841.

Admisión Cuenta del Tribunal de Cuentas

Los legisladores resolvieron admitir la Cuenta General del Ejercicio 2012 del Tribunal de Cuentas, por encontrarse debidamente integrada su presentación formal de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 8188, debiendo computarse el plazo previsto en el Artículo 93º de la ley citada.

Resoluciones

El plenario resolvió, tras el análisis y tratamiento correspondiente de las Resoluciones, declarar de Interés:

• Social, Cultural y Religioso, las actividades a realizarse en el período 2014-2015 en conmemoración del V centenario del nacimiento de Santa Teresa de Jesús. (diputada Mariela Ginestar);
• Religioso, Cultural y Turístico, las fiestas patronales en honor a Santa Bárbara, a realizarse entre los días 26 de noviembre y 4 de diciembre, en la localidad de Mogna. (diputado Pedro Horacio Espejo);
• Social, Cultural y Educativo, el proyecto "Árboles del Alma", organizado por la Asociación Civil Eco Club San Juan, cuya presentación será realizada en el Museo Natal de Sarmiento el día 21 de noviembre de 2014. (diputado Pablo García Nieto).

Colegio Secundario Augusto Pulenta

Asimismo, a instancias del diputado Rolando Cámpora, los parlamentarios resolvieron declarar de Interés Cultural, Social y Educativo, las actividades desarrolladas por alumnos de 4º - 3ª, del Colegio Secundario "Augusto Pulenta", del departamento San Martín, a través del periódico digital: “El saber”.

Precisamente durante el tratamiento de esta Resolución estuvieron presentes en el palco bandeja, alumnos, docentes y directivos del establecimiento educativo sanmartiniano.

Por último, a instancias de la legisladora Cristina López, el cuerpo aprobó la Comunicación que impulsa requerir al Poder Ejecutivo que arbitre los medios para realizar la ampliación de la red de agua potable por calle España desde calle Lozano hacia el este, en el departamento Albardón.