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Leyes Sancionadas

Leyes Sancionadas (2618)

Atención: Se ponen a su disposición los documentos (Leyes) tal y como fueron sancionados oportunamente por esta Cámara de Diputados, su publicación en este sitio NO implica su vigencia o validez legal, la presente es una recopilación de las leyes sancionadas en el período 1991 - 2013, se continúa trabajando sobre estos documentos para perfeccionar su estado y presentación.

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24 Septiembre 1992

Ley Nº: 6266

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERA DE L E Y :

ARTICULO 1º.- Declárase de interés provincial la Fiesta de la Juventud de Albardón , bajo el lema "JOVENES NUEVOS PARA UNA AMERICA MEJOR", a celebrarse anualmente en el Departamento homónimo.-

24 Septiembre 1992

Ley Nº: 6267

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1º.- Modifícase el Inciso a) del Artículo 8º de la Ley 6.139, el que quedará redactado de la siguiente manera:

17 Septiembre 1992

Ley Nº: 6258

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1º.- Adhiérese la Provincia de San Juan a la Ley Nacional Nº 23.179, referida a la "CONVENCION SOBRE LA ELIMINACION DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACION CONTRA LA MUJER", aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de Diciembre de 1979, suscripta por nuestro país en 1980 y ratificada por el Congreso de la Nación en 1985, cuyo texto, que en anexo I se adjunta, forma parte de la presente Ley.-

17 Septiembre 1992

Ley Nº: 6259

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1º.- Créase el "CONSEJO PROVINCIAL MUJER-FAMILIA", el que quedará integrado, por un representante titular y suplente de cada uno de los Municipios existentes en la Provincia; por un representante titular y suplente de cada una de las áreas institucionales de los poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, interesados en la temática de la mujer, la familia, la minoridad, la juventud, discapacitados y tercera edad; y por un representante titular y suplente de la Universidad Nacional de San Juan y de la Universidad Católica de Cuyo. La participación de los integrantes del Consejo será al sólo efecto de canalizar inquietudes y aportar conocimientos, sin que la opinión que este Consejo emita sea vinculante para el sector que cada Consejero represente.-

17 Septiembre 1992

Ley Nº: 6260

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1º.- Fíjase en la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS DIECISIETE ($ 461.922.217) el total de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Pública Provincial (Administración Central, Organismos Descentralizados, Cuentas Especiales y Poderes Especiales), para el Ejercicio Fiscal Año 1992, con destino a las finalidades que se indican a continuación, detalladas analíticamente en las Planillas Anexas que forman parte integrante de la presente Ley:

17 Septiembre 1992

Ley Nº: 6261

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1º.- Increméntase en PESOS CINCUENTA ($ 50=) el haber mensual de todos los empleados y trabajadores pertenecientes a la Administración Pública Provincial, sin discriminación, a partir del mes de septiembre de 1992 inclusive.-

17 Septiembre 1992

Ley Nº: 6262

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1º.- Impónese el nombre de "Crucero A.R.A. General Belgrano" a la Escuela de Educación Especial Múltiple, que funciona en turno tarde, en el edificio ubicado en Barrio Independencia, Departamento San Martín, dependiente de la Dirección de Enseñanza Inicial, Primaria y Especial.-

17 Septiembre 1992

Ley Nº: 6263

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1º.- Creánse dos Juzgados y una Fiscalía de Primera Instancia, con competencia penal, en la primera circunscripción judicial de la Provincia.

10 Septiembre 1992

Ley Nº: 6251

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1º.- Otórgase en donación a la entidad civil denominada "EXPERIMENTAL AERONAVES ASOCIACION ARGENTINA FILIAL SAN JUAN", con personería jurídica Nº 1.583 - 91, mediante expediente Nº 071556, Letra "E", de fecha 6 de Junio del corriente año, el terreno ubicado en Avenida Costanera Almirante Brown S/Nº, Departamento Chimbas, identificado como Fracción II, del plano de Mensura Nº 8-2699/89, con nomenclatura catastral 0820-440650, e inscripto en el Dominio Privado Provincial Nº 1180, F 80, T 12, año 1983. Sus linderos y medidas son : Norte Con Avenida Costanera Almirante Brown, mide 698,47m.; Sur J. Fernández, mide 651,08m.; Este con parcela Nº 08/20/390600 mide 498,92m.; Oeste con fracción I, mide 341, 14m. Superficie según mensura: 26 Ha 8479,73 m2.-

10 Septiembre 1992

Ley Nº: 6252

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1º.- Concédase al Profesor CESAR FRANKEL, L.E. Nº 1.805.902, una pensión mensual de carácter vitalicia, equivalente a la categoría 24 del Escalafón General de la Administración Pública Provincial, conforme lo establecido en el Artículo 150º, Inciso 11) de la Constitución Provincial y en mérito a los servicios y contribuciones prestados ad honórem en pro de la administración y mantenimiento del Museo Histórico Sanmartiniano a su cargo y la difusión de nuestro patrimonio histórico-cultural.-

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