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Leyes Sancionadas

Leyes Sancionadas (2618)

Atención: Se ponen a su disposición los documentos (Leyes) tal y como fueron sancionados oportunamente por esta Cámara de Diputados, su publicación en este sitio NO implica su vigencia o validez legal, la presente es una recopilación de las leyes sancionadas en el período 1991 - 2013, se continúa trabajando sobre estos documentos para perfeccionar su estado y presentación.

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01 Julio 1993

Ley Nº: 6340

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1°.- Agréguese al Artículo 135º, Inciso 25, de la Ley Nº 6.141, los incisos 25 bis y 25 ter, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

01 Julio 1993

Ley Nº: 6341

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1°.- Amplíase lo dispuesto en el Artículo 2º de la Ley Nº 5.332, a todo el personal que se desempeña en establecimientos dependientes del Ministerio de Educación de la Provincia, transferidos en cumplimiento de la Ley Nacional Nº 24.049.-

01 Julio 1993

Ley Nº: 6342

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1°.- Institúyese el "Plan de Ahorro Forestal Voluntario", sujeto a las modalidades y condiciones que se establecen en la presente Ley y su reglamentación.-

24 Junio 1993

Ley Nº: 6335

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1°.- Prorrógase, a partir de la fecha de su vencimiento y hasta el 31 de agosto de 1993, la vigencia de la Ley Nº 6.298.-

24 Junio 1993

Ley Nº: 6337

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1°.- Apruébase lo actuado por el Poder Ejecutivo de la Provincia en la Quincuagésima Asamblea General Extraordinaria de Accionistas del Banco de San Juan S.A., celebrada el 16 de octubre de 1992, en la que se resolvió la prórroga del Contrato Social por un plazo de cincuenta (50) años y la consecuente modificación del Artículo 4º de sus estatutos.-

17 Junio 1993

Ley Nº: 6329

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1°.- Con motivo de cumplirse el 242º aniversario de la Fundación de Jáchal, el Poder Ejecutivo construirá un monumento conmemorativo al ilustre sanjuanino don JUAN DE ECHEGARAY.

17 Junio 1993

Ley Nº: 6330

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1º.- Derógase la Ley Nº 6.110.-

17 Junio 1993

Ley Nº: 6331

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1°.- Transfiérese en carácter de donación al "Centro de Jubilados y Pensionados de Villa Krause", personería jurídica expediente Nº 145.003, en trámite, el inmueble ubicado en el Departamento Rawson, identificado como Parcela Nº 25 de la manzana "A" en el Plano de Mensura Nº 4/1872/68 de la Dirección Provincial de Geodesia y Catastro, Nomenclatura Catastral Nº 04-33-620650, la que reconoce como límites y medidas: NORTE: Con calle Almirante Brown, mide 14,79 m.; SUR: con calle Cecilio Avila, mide 14,69 m.; ESTE: con avda. España, mide 65,90 m. y OESTE: con Parcelas Nºs. 24 y 26, mide 65,90 m.; encierra una superficie según mensura de 971,37 m2, y según título de 960,10 m2. Dominio inscripto en el Registro General de la Propiedad; inmueble a nombre de Gobierno de la Provincia, bajo el Nº 2014, Folio 14, Tomo 8, Departamento Rawson, Año 1949.-

17 Junio 1993

Ley Nº: 6332

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1°.- Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a prorrogar el plazo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 6.212, modificada por la Ley Nº 6.225.-

17 Junio 1993

Ley Nº: 6333

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1°.- Créase la Caja Previsional para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de San Juan.-

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