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Cuerpo Legislativo Actividad legislativa

SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA

San Juan, 25 de abril de 2023.

 

DECRETO Nº 198-VPS-2023

 

VISTO:

Los asuntos ingresados a la Cámara de Diputados para su tratamiento, y;

 

CONSIDERANDO:

Que, la Cámara de Diputados, reunida en Comisión de Labor Parlamentaria decidió fijar día y hora para la realización de la segunda sesión ordinaria del corriente año.

Lo dispuesto por el Reglamento Interno de la Cámara de Diputados, en el artículo 23, incisos 2, 6 y 9 y artículo 100.

 

POR ELLO:

 

EL VICEPRESIDENTE SEGUNDO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°.- Se convoca a la Cámara de Diputados a celebrar la Segunda Sesión Ordinaria para el día 27 de abril del año 2023 a las 9:30 horas.

 

ARTÍCULO 2°.- Se cite, por Secretaría Legislativa, a las Señoras y Señores Diputados para el tratamiento del orden del día que se acompaña como Anexo I de este decreto.

 

ARTÍCULO 3°.- Se comunique y archive.

 

FIRMADO:

Prof. Carlos Antonio Platero, Vicepresidente Primero de la Cámara de Diputados.

Dr. Nicolás E. Alvo López, Secretario Legislativo de la Cámara de Diputados.

ANEXO I

ORDEN DEL DÍA

SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA

 

1                                         Aprobación de las versiones taquigráficas correspondiente a la Sesión Preparatoria llevada a cabo en fecha 23 de marzo y a la Primera Sesión ordinaria llevada a cabo en fecha 3 de abril con reanudación en fecha 13 de abril, todas del año 2023.

 

Asuntos entrados y derivación a Comisiones:

 

Comunicaciones Oficiales

 

2     830-2023         Comunicación Oficial presentada por el Defensor del Pueblo por la que da noticia de la gestión y actuación del periodo 2022.

  • A conocimiento.

 

Comunicaciones Particulares

 

3     601-2023         Comunicación Particular presentada por la Dra. Inés Garcés por la que acerca un manifiesto del día del niño por nacer.

  • A conocimiento.

 

4     717-2023         Comunicación Particular presentada por el Señor Marcelo Arancibia por la que propone sustituir el artículo 175 de la Constitución Provincial.

  • A conocimiento.

 

5     829-2023         Comunicación Particular presentado por la Señora Decana de la Facultad de Filosofía, Humanidades y Arte de la Universidad Nacional de San Juan por la que solicita que se declare de interés el I Simposio Internacional de Estudios Medievales "Ficciones políticas en Edad Media y Modernidad Temprana".

  • A conocimiento.

 

6     834-2023         Comunicación Particular presentada por el Sr. Presidente de A.Lu.Sa.J (Amigos Lupus San Juan) por la que solicita que se declare de interés las actividades a desarrollarse el 10 de mayo por la Institución.

  • A conocimiento.

 

7                                                         Despachos de Comisiones

 

I      3110-2022       Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Justicia y Seguridad en el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje N° 92 por el que se aprueba el convenio de cooperación técnica suscripto entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Orden Público y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria.

 

II     3113-2022       Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Hacienda y Presupuesto en el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje N° 95, por el que aprueba el convenio de Financiamiento de Capital de Trabajo-Descuentos de Cheques de Pago Diferido y Anexos I y II suscripto entre el Gobierno de la provincia de San Juan y el Banco de San Juan S.A.

 

III    3164-2022       Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Economía y Defensa al Consumidor y de Hacienda y Presupuesto en el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje N° 97, por el que se aprueba el convenio N° 67-2021 suscripto por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la provincia de San Juan.

 

IV   3165-2022       Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica en el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje N° 98, por el que se aprueba el convenio marco de cooperación suscripto por la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno de San Juan (SECITI) y la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN).

 

V    3184-2022       Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Justicia y Seguridad y de Hacienda y Presupuesto en el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje N° 103, por el que se aprueba el convenio de colaboración suscripto entre el Ministerio de Seguridad de la Nación y la provincia de San Juan.

 

VI   3185-2022       Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Economía y Defensa al Consumidor y de Hacienda y Presupuesto en el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje N° 104, por el que se aprueba el convenio suscripto entre el Ministerio de Producción y Desarrollo Económico de la provincia de San Juan y la Asociación Argentina de Codificación de Productos Comerciales-Código (GS1).

 

VII  242-2023         Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Justicia y Seguridad y de Hacienda y Presupuesto en el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje N° 12, por el que se ratifica el Convenio Marco de Asistencia y Cooperación y las Actas Complementarias N° I y II, celebrado entre el Ministerio de Gobierno de la Provincia y la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas.

 

VIII 2628-2022       Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Justicia y Seguridad en el proyecto de Ley presentado por el Poder Judicial por el que se modifica la Ley N° 1990-P, Ley de Mediación.

 

IX   507-2023         Despacho de la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales en el proyecto de Proyecto de Ley presentado por la Comisión Permanente de la Cámara de Diputados de San Juan, por el que se consolidan leyes sancionadas desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022 y publicadas desde el 1 de febrero del 2022 al 31 de enero de 2023.

 

X    617-2023         Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Hacienda y Presupuesto en el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje N° 27, por el que se modifica el artículo 5° de la Ley N° 615-S, que establece beneficios a favor de los veteranos de guerra.

 

XI   447-2023            Despacho de la comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica en el proyecto de Resolución presentado por el bloque Justicialista por el que declara de interés cultural, social y educativo el Programa Televisivo Cultura Inquieta.

 

Proyectos Presentados

 

8     573-2023         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Producción y Trabajo por el que se dispone el relevamiento de terrenos y fincas que cuenten con derecho a dotación de agua de regadío y diagrama de sistema de reparto eficiente.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Obras y Servicios.
  • Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible.

 


 

9     645-2023         Proyecto de Ley presentado por el bloque Confe Somos San Juan por el que establece la prohibición de arrojar colillas y filtros de cigarrillos.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible.
  • Justicia y Seguridad.

 

10   646-2023         Proyecto de Ley presentado por el bloque Confe Somos San Juan por el que crea programa primeros contactos tendiente a fomentar el uso de acondicionadores neonatales.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Salud y Deporte.

 

11   647-2023         Proyecto de Ley presentado por el bloque Confe Somos San Juan por el que establece la colocación de leyenda vencimiento inminente en los productos para consumo con vencimiento inferior a quince días.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Salud y Deporte.

 

12   648-2023         Proyecto de Ley presentado por el bloque Confe Somos San Juan por el que declara de interés histórico, cultural, arquitectónico, urbanístico y turístico a edificios que se encuentran dentro de eje cívico.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible.

 

13   649-2023         Proyecto de Ley presentado por el bloque Confe Somos San Juan por el que crea programa de huertas escolares.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Educación, Cultura, Ciencia y Técnica.

 

14   650-2023         Proyecto de Ley presentado por el bloque Confe Somos San Juan por el que crea el programa techos y terrazas verdes.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible.

 

15   708-2023         Proyecto de Ley presentado por el bloque Justicialista por el que se impone el nombre de Antonio Agulles a la escuela de nivel inicial N° 72, Localidad de los Médanos, Departamento Caucete.

  • Educación, Cultura, Ciencia y Técnica.
  • Peticiones y Poderes.

 

16   775-2023         Proyecto de Ley presentado por el bloque Justicialista por el que la provincia de San Juan se adhiere a la Ley Nacional N° 26.061, sobre protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, llamada "Lucio Dupuy".

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Familia y Desarrollo Humano.

 

17   780-2023         Proyecto de Ley presentado por el bloque Justicialista por el que se impone el nombre de Héroes de Malvinas a la escuela de nivel inicial N° 56 del Departamento Caucete.

  • Educación, Cultura, Ciencia y Técnica.
  • Peticiones y Poderes.

 

18   782-2023         Proyecto de Ley presentado por el bloque Justicialista por el que la provincia de San Juan se adhiere a la Ley Nacional llamada "Lucio Dupuy".

  • A su antecedente.

 


 

19   795-2023         Proyecto de Ley presentado por el bloque Justicialista por el que se crea el Colegio de Profesionales de Educación Física.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Salud y Deporte.

 

20   832-2023         Proyecto de Ley presentado por el bloque Producción y Trabajo por el que la Provincia se adhiere a la Ley Nacional sobre Diagnóstico Humanizado.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Salud y Deporte.
  • Discapacidad.

 

21   833-2023         Proyecto de Ley presentado por el bloque Producción y Trabajo por el que la Provincia se adhiere a la Ley Nacional N° 27.713, sobre el Programa Nacional de Cardiopatías Congénitas.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Salud y Deporte.

 

22   836-2023         Proyecto de Ley presentado por el bloque Justicialista por el que se impone el nombre de "El Jardín del Mimosaurio" a la escuela de nivel inicial N° 13, del Departamento Rivadavia.

  • Educación, Cultura, Ciencia y Técnica.
  • Peticiones y Poderes.

 

23   790-2023         Proyecto de Resolución presentado por el bloque Justicialista por el que se declara de interés la jornada "Salud Cerebral aplicada a Latino América: Universo de Cerebros".

  • Sobre Tablas.

 

24   791-2023         Proyecto de Resolución presentado por el bloque Justicialista por el que se declara de interés la Maratón Escolar de fechas patrias.

  • Educación, Cultura, Ciencia y Técnica.

 

25   792-2023         Proyecto de Resolución presentado por el bloque Justicialista por el que se declara de interés el circuito turístico "Héroes de Malvinas".

  • Educación, Cultura, Ciencia y Técnica.

 

26   817-2023         Proyecto de Resolución presentado por el bloque Justicialista por el que se declara de interés las actividades a llevarse a cabo por el 4° Congreso Internacional de Educación, San Juan 2023.

  • Educación, Cultura, Ciencia y Técnica.

 

27   827-2023         Proyecto de Resolución presentado por el bloque Justicialista por el que se declara de Interés el proyecto para la creación de la carrera de Medicina en la Escuela Universitaria de Ciencias de la Salud de la Universidad Nacional de San Juan, del Departamento de Albardón.

  • Sobre Tablas.

 

28   837-2023         Proyecto de Resolución presentado por el bloque Del Este por el que se declara de interés el XII Desfile Gaucho y fogón criollo.

  • Sobre Tablas.

 

29   576-2023         Proyecto de Comunicación presentado por el bloque Producción y Trabajo por el que solicita al Poder Ejecutivo que implemente un programa de colaboración Técnico - Económico que permita a los Municipios contar con maquinarias que permitan la poda y erradicación de árboles de grandes dimensiones.

  • Obras y Servicios Públicos.


 

DESPACHOS DE COMISIONES

 

ASUNTO I - 3110-2022

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Justicia y Seguridad estudiaron el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje N° 92 por el que se aprueba el convenio de cooperación técnica suscripto entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Orden Público y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria. Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

 

L E Y:

 

ARTÍCULO 1°.- Se aprueba el Convenio Cooperación Técnica, celebrado entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Orden Público del Gobierno de la provincia de San Juan y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria( INTA), el 24 de junio de 2022, donde las partes se comprometan a cooperar en actividades educativas y productivas que permitan brindar herramientas para facilitar la formación de agentes que trabajan en el Servicio Penitenciario Provincial y la integración de personas privadas de la libertad, ratificado por Decreto Nº 1946-SESyOP-2022 de 28 de noviembre del 2022.

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO II - 3113-2022

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Hacienda y Presupuesto estudiaron el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje N° 95, por el que aprueba el convenio de Financiamiento de Capital de Trabajo-Descuentos de Cheques de Pago Diferido y Anexos I y II suscripto entre el Gobierno de la provincia de San Juan y el Banco de San Juan S.A. Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

 

L E Y :

 

ARTÍCULO 1°.- Se aprueba el Convenio de "Financiamiento De Capital De Trabajo-Descuentos De Cheques De Pago Diferido y Anexos I y II", suscripto el 30 de Mayo de 2022, entre el Gobierno de la provincia de San Juan, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas y el Ministerio de Producción y Desarrollo Económico con el Banco San Juan S.A., ratificado por Decreto 1934-MHF-2022 del 23 de noviembre del 2022.

 

ARTICULO 2°.- Se aprueba el Convenio de "Prestamos Para Capital De Trabajo A Empresas Constructoras Y Anexos I y II”, suscripto el 01 de Agosto de 2022, entre el Gobierno de la provincia de San Juan, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas y el Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Banco San Juan S.A., ratificado por Decreto 1934-MHF-2022, del 23 de noviembre del 2022.

 

ARTICULO 3°.-  Se aprueba el Convenio de "Prestamos Para Adquisición De Bienes De Capital Y Anexos I y II", suscripto el 01 de Agosto de 2022, entre el Gobierno de la provincia de San Juan, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas y el Ministerio de Producción y Desarrollo Económico con el Banco San Juan S.A., ratificado por Decreto 1934-MHF-2022, del 23 de noviembre del 2022.

 

ARTICULO 4°.- Se aprueba el Convenio de "Beneficios Compra De Alimentos Con Tarjeta De Crédito", suscripto el 16 de Agosto de 2022, entre el Gobierno de la provincia de San Juan, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas y el Ministerio de Producción y Desarrollo Económico con el Banco San Juan S.A., ratificado por Decreto 1934-MHF-2022, del 23 de noviembre del 2022.

 

ARTICULO 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo

 

ASUNTO III - 3164-2022

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Economía y Defensa al Consumidor y de Hacienda y Presupuesto estudiaron el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje N° 97, por el que se aprueba el convenio N° 67-2021 suscripto por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la provincia de San Juan. Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

 

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Se aprueba el Convenio N° 67-2021, "Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y el Gobierno de la provincia de San Juan, en el Marco de la Ley Nacional Nº 26.509 y sus Anexos I, II, III, IV”, suscripto el 17 de septiembre de 2021, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, y el Gobierno de la provincia de San Juan, a través del Ministerio de Producción y Desarrollo Económico, ratificado por Decreto Nº 1852-MPyDE-2022 del 8 de noviembre del 2022.

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo

 

ASUNTO IV - 3165-2022

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica estudiaron el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje N° 98, por el que se aprueba el convenio marco de cooperación suscripto por la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno de San Juan (SECITI) y la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN). Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

 

L E Y :

 

ARTÍCULO 1°.- Se aprueba el Convenio Marco de Cooperación, suscripto en agosto de 2022, entre la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno de la provincia San Juan (SECITI) y la Universidad Nacional de Rio Negro (UNRN), que tiene por finalidad llevar a cabo actividades de cooperación mutua e intercambio reciproco de información científica, tecnológica, desarrollo de nuevos conocimientos, creación y aplicación de nuevas tecnologías y emprendimientos, ratificado por Decreto Nº 1940-SECITI-2022, el 24 de noviembre de 2022.

 

ARTÍCULO 2°.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO V - 3184-2022

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las Comisiones Legislación y Asuntos Constitucionales, de Justicia y Seguridad y de Hacienda y Presupuesto estudiaron el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje N° 103, por el que se aprueba el convenio de colaboración suscripto entre el Ministerio de Seguridad de la Nación y la provincia de San Juan. Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

 

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y

 

ARTÍCULO 1°.- Se aprueba el Convenio de Colaboración, celebrado entre el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Seguridad y el Gobierno de la provincia de San Juan, a través de la Secretaria de Estado de Seguridad y Orden Público, el 03 de mayo de 2022, con el objeto de fortalecer la cooperación entre los poderes del estado para la asistencia en la implementación del programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición final de vehículos (PRO.DE.C0) y la fiscalización de sus respectivas etapas de ejecución, ratificado por Decreto Nº 1998-SESyOP-2022, de 1 de diciembre del 2022.

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO VI - 3185-2022

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Economía y Defensa al Consumidor y de Hacienda y Presupuesto estudiaron el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje N° 104, por el que se aprueba el convenio suscripto entre el Ministerio de Producción y Desarrollo Económico de la provincia de San Juan y la Asociación Argentina de Codificación de Productos Comerciales-Código (GS1). Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1°.- Se aprueba el Convenio entre el Gobierno de la provincia de San Juan, a través del Ministerio de Producción y Desarrollo Económico y la Asociación Argentina de Codificación de Productos Comerciales-Código (GS1), suscripto el 01 de febrero de 2022, con el objeto de implementar el sistema de códigos de barras, el que posibilita la inserción de las empresas en los canales de distribución masivos, tanto en el país como en el exterior, ratificado por Decreto Nº 2019-MPyDE-2022, del 06 de diciembre del 2022.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO VII - 242-2023

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Justicia y Seguridad y de Hacienda y Presupuesto estudiaron el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje N° 12, por el que se ratifica el Convenio Marco de Asistencia y Cooperación y las Actas Complementarias N° I y II, celebrado entre el Ministerio de Gobierno de la Provincia; y la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas. Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1°.- Se ratifica el Convenio Marco de Asistencia y Cooperación y las Actas Complementarias N° I y II, celebrado el 01 de agosto de 2022, entre el Gobierno de la provincia de San Juan a través del Ministerio de Gobierno y la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas; ratificado por Decreto Nº 2228-MG-2022, del 29 de diciembre de 2022.

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO VIII - 2628-2022

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Justicia y Seguridad estudiaron el proyecto de Ley presentado por el Poder Judicial por el que se modifica la Ley N° 1990-P, Ley de Mediación. Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1°.- Se modifica el artículo 14 de la Ley 1990-P, el que queda redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 14.- Cuestiones no mediables. Quedan excluidos del régimen de la Mediación Judicial los siguientes procesos y asuntos:

a)  Acciones de Divorcio, con excepción de los asuntos que sean objeto del convenio regulador, Estado Civil, Nulidad del matrimonio y Adopción.

b)  Procesos de determinación de la capacidad.

c)  Medidas cautelares de cualquier índole y diligencias preliminares.

d)   Amparo, Habeas Corpus, Habeas Data y procesos urgentes.

e)  Procesos de Concursos y Quiebras.

f)   Juicios sucesorios, con excepción de las cuestiones patrimoniales derivadas de éstos.

g)  Multas y sanciones conminatorias.

h)  En general, todos aquellos procesos en que se encuentre comprometido el orden público.”

 

ARTICULO 2º.- Se modifica el artículo 15 de la Ley 1990-P, el que queda redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 15.- Autoridad de aplicación: La Corte de Justicia de San Juan es la autoridad de aplicación de la presente Ley en el ámbito de la Mediación Judicial, a través del Centro Judicial de Mediación (CEJUME) creado a tal efecto, el que tiene la siguiente competencia y atribuciones:

a)  Creación, organización y funcionamiento de la matrícula, y del Registro de Mediadores Judiciales.

b)  Tramitación general de los procesos de Mediación Judicial, en cualquiera de sus modalidades.

c)  Supervisión, evaluación y auditoría de la gestión del Sistema de Mediación Judicial, y del desempeño de los mediadores.

d)  Capacitación y perfeccionamiento en materia de Mediación Judicial.

e)  Impulso y difusión de la Mediación Judicial como medio eficaz de resolución de controversias por autocomposición pacífica, y de acceso a la Justicia.

f)   Promoción de convenios con entes públicos y privados, a efectos de impulsar y desarrollar la formación básica, y el perfeccionamiento continuo de los mediadores y de la instancia de mediación.

g)  Designación de mediadores, seleccionados entre el personal del Poder Judicial de San Juan, para que actúen en procedimientos mediatorios cuando sea necesario para garantizar el servicio en situaciones de excepción, conforme lo dispuesto por Acuerdo respectivo de la Sala III de la Corte de Justicia de San Juan.

h)  Dictado de disposiciones operativas para el funcionamiento del CEJUME.

i)    Gestión de apertura de cuenta oficial bancaria para depósito de obligaciones derivadas de acuerdos que no requieran homologación judicial.”

 

ARTÍCULO 3º: Se modifica el artículo 34 de la Ley 1990-P, el que queda redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 34.- Conclusión de la Mediación Judicial Previa, Obligatoria o Facultativa, con acuerdo de partes. Homologación: En caso de arribarse a un acuerdo en el trámite de Mediación Judicial Previa Obligatoria o en el de Mediación Judicial Previa Facultativa, el procedimiento concluye con la debida confección un acta con las formalidades previstas en el artículo 37. Del acta suscripta por el mediador y todos los comparecientes, debidamente rubricada y protocolizada por el CEJUME, se entrega copias. El acuerdo celebrado con las formalidades establecidas no requiere homologación judicial, constituyendo el acta título suficiente para su cumplimiento. Es igualmente suficiente para la ejecución en caso de incumplimiento. Si el acuerdo tiene por objeto materia laboral debe procederse conforme lo previsto por el artículo 15 de la Ley N° 20.744. En los procesos mediatorios en los que sean parte menores de edad, personas con capacidad restringida o incapaces, el acuerdo al que se arribe, previa intervención del Asesor de Menores e Incapaces, no requiere homologación judicial, salvo los casos expresamente previstos por la normativa de fondo.”

 

ARTÍCULO 4º.- Se modifica el artículo 44 de la Ley 1990-P, el que queda redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 44.- Honorarios del mediador judicial: En el trámite de Mediación Judicial Previa, el mediador judicial percibe del Fondo de Financiamiento de la Mediación Judicial instituido por el artículo 46, una retribución en concepto de honorarios por su tarea, consistente en una suma de dinero expresado en Unidades Tributarias (U.T.), cuya cantidad se fija con arreglo a las pautas siguientes:

a)  En las mediaciones que culminen con acuerdo la retribución equivale a 2.400 U.T.

b)  En las mediaciones que culminen sin acuerdo la retribución equivale a 280 UT por cada audiencia, abonándose hasta un máximo de tres (3).

c)  En caso que las partes comparezcan a la primera audiencia y cualquiera o ambas partes decidan no abrir la instancia de mediación, la retribución equivale a 200 U.T.

d)  Si la primera audiencia fracasa por incomparencia de cualquiera de las partes, estando debidamente notificadas y sin causa justificada, la retribución equivale a 150 UT.

e)  En caso que el mediador actúe con asistencia de un co-mediador, los honorarios son únicos y se distribuyen entre ambos en la proporción que ellos determinen.

f)   Se considera audiencia realizada, aquella en la que el tiempo de duración es igual o superior a treinta (30) minutos.”

 

ARTÍCULO 5º.- Se incorpora como artículo 44 bis de la Ley 1990-P:

ARTÍCULO 44 bis.- Facultad de la Autoridad de Aplicación: Con el objetivo de garantizar la prestación del servicio y el correcto, eficaz y continuo funcionamiento del sistema de mediación, la Corte de Justicia puede modificar la cantidad de Unidades Tributarias (UT) establecidas en el artículo 44, a fin de mantener actualizados los emolumentos de los mediadores.

 

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

 

 

ASUNTO IX - 507-2023

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            La Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales estudió el proyecto de Proyecto de Ley presentado por la Comisión Permanente de la Cámara de Diputados de San Juan, por el que se consolidan leyes sancionadas desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022. Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

 

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

 

 

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Se consolidan las leyes sancionadas desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022 que fueron publicadas en el periodo que transcurrió desde el 1 de febrero de 2022 al 31 de enero de 2023 y todas aquellas que fueron afectadas por éstas. Se enumeran en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Ley. Se incorpora al Digesto Jurídico de la provincia de San Juan, Ley N° 1260-E, la normativa resultante de la consolidación citada en el párrafo anterior.

 

ARTÍCULO 2°.- Se sustituye de la Ley N° 1260-E, el artículo 1º, por el siguiente:

ARTÍCULO 1°.- Digesto Jurídico de la Provincia de San Juan. Se aprueba el Digesto Jurídico de la provincia de San Juan, en un cuerpo unificado y ordenado temáticamente. Se consolidan las leyes y decretos leyes sancionados hasta el 31 de diciembre de 2022 y publicados hasta el 31 de enero de 2023, conforme los Anexos que forman parte de la presente Ley."

 

ARTÍCULO 3°.- Se dispone el cumplimiento de objeto de los siguientes artículos:

1)              Artículo 3° de la Ley N° 2107-P.

2)              Artículo 2° de la Ley N° 2237-A.

3)              Artículo 106 de la Ley N° 2400-T.

4)              Artículo 1° y 3° de la Ley N° 2406-A.

5)              Artículo 745 de la Ley N° 2415-O.

6)              Artículo 124 de la Ley N° 2424-O.

7)              Artículo 187 y 188 de la Ley N° 2438-N.

8)              Artículo 140 y 146 de la Ley N° 2476-I.

 

ARTÍCULO 4°.- Se rectifica el texto de la Ley N° 698-C de la siguiente manera:

1) El artículo 5° donde dice "Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley serán imputados a cuenta del Presupuesto de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de San Juan", debe decir "Comuníquese al Poder Ejecutivo".

2) Se suprime el artículo 6°.

 

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO X - 617-2023

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Hacienda y Presupuesto estudiaron el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje N° 27, por el que se modifica el artículo 5° de la Ley N° 615-S, que establece beneficios a favor de los veteranos de guerra.

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1°.- Se sustituye el artículo 5° de la Ley N° 6I5-S, el que queda redactado de la siguiente forma:

"ARTÍCULO 5º.-  Se concede a los Veteranos de Guerra de Malvinas que cumplan con los requisitos establecidos por esta Ley, conforme las atribuciones previstas en el artículo 150, Inciso 11) de la Constitución Provincial, una pensión vitalicia equivalente al doscientos cincuenta por ciento (250%) de una asignación de la categoría 24 del Escalafón del Empleado Público Provincial, que se denomina Pensión de Guerra de Malvinas, a partir del mes de abril del año 2023, debiendo consignarse en esta forma las solicitudes, recibos y credenciales. Se extiende el beneficio anteriormente previsto a los causahabientes en caso de fallecimiento del titular, los que deben acreditar fehacientemente su vínculo, conforme lo determina el artículo 53 de la Ley Nacional N° 24.241 y sus modificatorias."

 

ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo

 

ASUNTO XI - 447-2023

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica estudió el proyecto de Resolución presentado por el bloque Justicialista por el que declara de interés cultural, social y educativo el Programa Televisivo Cultura Inquieta. Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE RESOLUCION

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

 

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de interés cultural, social y educativo, el Programa Televisivo Cultura Inquieta, en el cual se recrea un espacio destinado a promover la cultura, el arte, la participación política, finanzas y emprendedurismo en la sociedad sanjuanina.

 

ARTICULO 2º.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

 

 

 

SOBRE TABLAS

 

PUNTO 23

Expediente N° 790-2023

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

 

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1°.- Declarar de interés científico y educativo la jornada “Salud Cerebral aplicada a Latino América: Universo de Cerebros”, a llevarse a cabo el 5 de mayo de 2023, organizada por el Instituto de Investigación en psicología básica y aplicada (IIPBA) de la Facultad de Filosofía y Umanidades de la Universidad Católica de Cuyo.

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

PUNTO 27

Expediente N° 827-2023

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

 

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1°.- Declarar de interés educativo y sanitario el proyecto para la creación de la carrera de Medicina en la Escuela Universitaria de Ciencias de la Salud de la Universidad Nacional de San Juan, Departamento de Albardón.

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

PUNTO 28

Expediente N° 837-2023

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

 

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1°.- Declarar de interés turístico, social y cultural al XII Desfile Gaucho y fogón Criollo a llevarse a cabo el día 30 de abril, organizado por la Agrupación Gaucha Cacique Angaco.

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

Sesiones