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DÉCIMA CUARTA SESIÓN ORDINARIA

San Juan, 26 de octubre de 2021.

DECRETO Nº 470-P-2021

 

VISTO:

Los asuntos ingresados a la Cámara de Diputados para su tratamiento.

Lo dispuesto por el Decreto N° 251-P-2020 y;

 

CONSIDERANDO:

Que, la Cámara de Diputados, reunida en Comisión de Labor Parlamentaria decidió fijar día y hora para la realización de la décima cuarta sesión ordinaria del corriente año.

Que, en el marco de esta pandemia, con el objetivo de cumplir con los preceptos constitucionales, se emitió Decreto N° 251-P-2020, por el que se ordenan numerosas medidas de prevención para evitar la propagación del CORONAVIRUS – COVID 19 en el ámbito de la Cámara de Diputados.

Que, tales medidas son obligatorias para toda sesión que se convoque con posterioridad a la emisión del citado Decreto.

Lo dispuesto por el Reglamento Interno de la Cámara de Diputados, en el artículo 23, incisos 2, 6 y 9 y artículo 100;

 

 

POR ELLO:

 

EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN Y

PRESIDENTE NATO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°.- Se convoca a la Cámara de Diputados a celebrar la Décima Cuarta Sesión Ordinaria para el día 28 de octubre del año 2021 a las 9.30 horas.

 

ARTÍCULO 2°.- Se cite, por Secretaría Legislativa, a las Señoras y Señores Diputados para el tratamiento del orden del día que se acompaña como Anexo I de este decreto.

 

ARTÍCULO 3°.- La sesión se va a llevar a cabo a puertas abiertas bajo la observancia de las estrictas medidas preventivas de seguridad sanitaria que son determinadas por Presidencia de la Cámara de Diputados.

 

ARTÍCULO 4°.- Se comunique y archive.

 

FIRMADO:

Dr. Roberto Guillermo Gattoni, Vicegobernador de San Juan y Presidente Nato de la Cámara de Diputados.

Dr. Nicolás E. Alvo López, Secretario Legislativo de la Cámara de Diputados.

ANEXO I

 

ORDEN DEL DÍA

 

DÉCIMA CUARTA SESIÓN ORDINARIA

 

1                               Aprobación de la versión taquigráfica correspondiente a la Décima Tercera Sesión Ordinaria llevada a cabo en fecha 14 de octubre del año 2021.

 

Asuntos entrados y derivación a Comisiones:

 

Comunicaciones Oficiales

 

2     2227-2021       Proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 101, por el que se modifica la Ley Nº 1114-L, sobre Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible.

 

3     2228-2021       Proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 102, por el que se ratifica el Convenio de Asistencia Económica suscripto entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la provincia de San Juan.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Hacienda y Presupuesto.

 

4     2273-2021       Proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 103, por el que crea el programa "Mis Segundos Mil Días en San Juan".

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Salud y Deporte.
  • Familia y Desarrollo Humano.
  • Hacienda y Presupuesto.

 

5     2308-2021       Proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 104, por el que se aprueba el convenio celebrado entre la provincia de San Juan y el Ministerio de Transporte de la Nación.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Obras y Servicios Públicos.

 

6     2309-2021       Proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 105, por el que se aprueba el Convenio Específico para el Fortalecimiento de la Seguridad Jurídica de la Tenencia de Viviendas Financiadas por el Estado y el Acta Complementaria Nº 1.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Obras y Servicios Públicos.
  • Hacienda y Presupuesto.

 

7     2310-2021       Proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 106, por el que se aprueba el Convenio de Asistencia Financiera suscripto entre la Provincia de San Juan y el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento, Convenio Específico de Cooperación y Financiación y Adenda al Convenio Específico de Cooperación y Financiación, suscripto entre la Provincia de San Juan y Obras Sanitarias Sociedad del Estado.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Obras y Servicios Públicos.
  • Hacienda y Presupuesto.

 

8     2360-2021       Proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 107, por el que se incorporan al ámbito de aplicación de los delitos enumerados en el artículo 420 de la Ley Nº 1851-O, bajo el procedimiento especial de Flagrancia y al artículo 3º de la Ley Nº 1993-O, Implementación del Sistema Acusatorio, la investigación y juzgamiento de los delitos previstos por el artículo 182 del Código Penal.

  • Sobre Tablas.

 

9     2362-2021       Proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 108,) por el que aprueba el convenio marco y convenios específicos y anexos suscriptos entre el Ministerio de Obras Públicas y la provincia de San Juan “Programa de Infraestructura de Centros de Desarrollo Infantil”.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Obras y Servicios Públicos.
  • Hacienda y Presupuesto.

 

10   2363-2021       Proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 109, por el que aprueba Acta Acuerdo- Régimen Especial de Créditos suscripto entre la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía y la empresa Energía San Juan S.A, Ministerio de Obras y Servicios Públicos y por el Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE).

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Obras y Servicios Públicos.
  • Hacienda y Presupuesto.

 

Comunicaciones Particulares

 

11   2316-2021       Comunicación Particular remitida por la organización comunitaria de Mujeres de Matria Latinoamericana (MUMALA) San Juan, por la que eleva anteproyecto de ley denominado "Violeta" que tiene como objetivo la lucha en contra del acoso callejero.

  • A conocimiento.

 

12   2337-2021       Comunicación Particular remitida por el Sr. Marcelo Arancibia por el que da cuenta de las incompatibilidades establecidas en el artículo 205 de la Constitución de la provincia de San Juan sobre un funcionario.

  • A conocimiento

 

13                                                         Despachos de Comisiones

 

I      2938-2020       Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Discapacidad y de Familia y Desarrollo Humano en el proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que se implementa en la Provincia de San Juan, un Programa de Difusión y Concientización sobre la funcionalidad del Bastón Blanco para personas con ceguera; del Bastón Verde para personas con baja visión; y del Bastón Rojo y Blanco para las personas con sordoceguera.

 

II     1670-2021       Despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Economía y Defensa al Consumidor y de Hacienda y Presupuesto en el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que se establecen Regímenes de Promoción de Oferta Gastronómica de Vino Varietal o Blend en Copa.

 

III    1853-2021       Despacho de la comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica en el proyecto de Resolución presentado por el bloque Justicialista por el que se declara de interés social, educativo y científico la capacitación "Investigación en el lugar del hecho".

 

IV   2104 y

2192-2021              Despacho de la comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica en los informes enviados por la Universidad Nacional De San Juan y La Universidad Católica De Cuyo, mediante los cuales se informa sobre los nombres de los egresados del año 2021 que obtuvieron los mejores promedios en la carrera de abogacía y ciencias políticas en virtud de la Ley 868-F, artículo 10.

 

V    2129-2021       Despacho de la comisión de Hacienda y Presupuesto en el proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que se designa al Titular de la Vocalía IV del Tribunal de Cuentas de la Provincia para intervenir en la Cuenta General del Ejercicio 2021 de ese Organismo.

 

VI   2147-2021       Despacho de la comisión de Salud y Deporte en el proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que se declara de interés social, educativo y sanitario las “XI Jornadas Hospitalarias del Hospital Marcial Quiroga”.

 

VII  2091-2021       Despacho de la comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica en el proyecto de Resolución presentado por el bloque Justicialista por el que se declara de interés social, cultural y educativo el "Seminario San Juan", edición 2021.

 

VIII 2194-2021       Despacho de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, en el proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés Social, Educativo y Científico, el Curso Taller "Laboratorio Experimental de Investigación, Desarrollo y Producción de Elementos Didácticos".

 

IX   2220-2021       Despacho de La Comisión de Peticiones y Poderes en el proyecto de Resolución presentado por el Bloque bloquista por el que declara de interés social y cultural el programa radial” FESTIVAL SAN JUAN DE LA CANCIÓN”.

 

X    1459-2021       Despacho de la Comisión de Peticiones y Poderes en el proyecto de Comunicación presentado por el Bloque del Este, por el que solicita al Poder Ejecutivo gestione ante organismos nacionales, la instalación de una delegación de ANSES en el departamento Angaco.

 

XI   1672-2021       Despacho de la Comisión de Peticiones y Poderes en el Proyecto de Comunicación presentado por el bloque Bloquista por el que solicita la instalación de una delegación de ANSES en Iglesia.

 

Proyectos Presentados

 

14   2221-2021       Proyecto de Ley presentado por el bloque Justicialista por el que se crea el Servicio de Cardiología y Unidad Coronaria en el Hospital Regional San Roque de Jáchal.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Salud y Deporte.
  • Hacienda y Presupuesto.

 

15   2226-2021       Proyecto de Ley presentado por el Bloque Confe Somos San Juan por el que establece un sistema de información y señalética en Sistema Braille en el transporte público de pasajeros- Red Tulum

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Discapacidad
  • Obras y Servicios Públicos.

 

16   2307-2021       Proyecto de Ley presentado por el bloque Producción y Trabajo por el que se dispone capacitar en primeros auxilios a las personas que se encuentran a cargo de los merenderos de la Provincia.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Salud y Deporte.

 

17   2341-2021       Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista por el que se modifica la Ley Nº 1831-A, sobre Colegio de Médicos Veterinarios de la Provincia de San Juan.

  • Legislación y Asuntos Constitucionales.
  • Salud y Deporte.

 

18   2350-2021       Proyecto de Ley presentado por el bloque Justicialista por el que se impone el nombre de E.N.I. “Los Colibrís” a la Escuela de Nivel Inicial E.N.I. Nº 53.

  • Peticiones y Poderes.
  • Educación. Cultura, Ciencia y Técnica.

 

19   2353-2021       Proyecto de Ley presentado por Interbloque por el que prorroga la ley Nº 1263-L.

  • Sobre Tablas.

 

20   2354-2021         Proyecto de Ley presentado por Interbloque por el que prorroga la Ley Nº 783-P.

  • Sobre Tablas.

 

21   2355-2021         Proyecto de Ley presentado por Interbloque por el que prorroga la Ley Nº 792-P de Emergencia Habitacional.

  • Sobre Tablas.

 

22   2356-2021         Proyecto de Ley presentado por Interbloque por el que prorroga la Ley Nº 1266-P.

  • Sobre Tablas.

 

23   2357-2021         Proyecto de Ley presentado por Interbloque por el que prorroga la Ley Nº 1254-P.

  • Sobre Tablas.

 

24   2358-2021         Proyecto de Ley presentado por Interbloque por el que prorroga la Ley Nº 969-P.

  • Sobre Tablas

 

25   2359-2021         Proyecto de Ley presentado por Interbloque por el que prorroga la Ley Nº 1267-P.

  • Sobre Tablas

 

26   2270-2021         Proyecto de Resolución presentado por el bloque Justicialista por el que declara de interés social, educativo y sanitario las jornadas de Concientización y difusión de la enfermedad trastornos de la conducta alimentaria.

  • Salud y Deporte.

 

27   2317-2021         Proyecto de Resolución presentado por el bloque San Juan Primero por el que declara de interés social, cultural la Fiesta Departamental de la Primavera.

  • Sobre Tablas.

 

28   2322-2021         Proyecto de Resolución presentado por el bloque Justicialista por el que se declara de interés social y cultural el evento "Recitándole a Mamá".

  • Sobre Tablas.

 

29   2351-2021         Proyecto de Resolución presentado por el bloque Justicialista por el que se declara de interés, social y educativo el 75º aniversario de la creación de la Escuela Normal Superior Manuel Belgrano del departamento de Caucete.

  • Educación, Cultura, Ciencia y Técnica.

 

30   2364-2021         Proyecto de Resolución presentado por Interbloque por el que se remite el expediente 2337-2021 al Jurado de Enjuiciamiento en virtud del artículo 79 de la Ley Nº 663-E.

  • Sobre Tablas.

 

31   2222-2021         Proyecto de Comunicación presentado por el bloque Justicialista por el que solicita al Poder Ejecutivo gestione la instalación de Postes SOS sobre Ruta Nacional 40, tramo Jáchal, sub tramo Tucunuco - Villicum.

  • Obras y Servicios Públicos.

 

32   2338-2021         Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Justicialista por el que expresa el beneplácito por la aprobación, mediante Resolución 107/2021 de la Secretaría de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional dependiente del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, del protocolo de producción de los Espárragos de Médano de Oro de San Juan.

  • Economía y Defensa al Consumidor.

 

33   2339-2021         Proyecto de Comunicación presentado por el bloque Del Este por el que solicita al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Salud Pública de instalar un puesto sanitario en el distrito El Alamito, departamento Angaco.

  • Salud y Deporte.


 

SOBRE TABLAS

 

PUNTO 8

EXPTE. Nº 2360-2021

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

 

L E Y :

 

ARTÍCULO 1°.-Incorpórase al ámbito de aplicación de los delitos enumerados en el artículo 420 de la Ley Nº 1851-O, bajo el procedimiento especial de Flagrancia y al artículo 3º de la Ley Nº 1993-O, Implementación del Sistema Acusatorio, la investigación y juzgamiento de los delitos previstos por el artículo 182 del Código Penal.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

 

DESPACHOS DE COMISIONES

 

 

ASUNTO I - 2938-2020

CÁMARA DE DIPUTADOS:

Las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Discapacidad y de Familia y Desarrollo Humano estudiaron el proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que se implementa en la Provincia de San Juan, un Programa de Difusión y Concientización sobre la funcionalidad del Bastón Blanco para personas con ceguera; del Bastón Verde para personas con baja visión; y del Bastón Rojo y Blanco para las personas con sordoceguera. Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

 

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Se implementa en la Provincia de San Juan el desarrollo de un Programa de Difusión y Concientización sobre la funcionalidad del Bastón Blanco, como instrumento de orientación y movilidad para personas con ceguera, el Bastón Verde, como instrumento de orientación y movilidad para las personas con baja visión, y del Bastón Rojo y Blanco como instrumento de orientación y movilidad para las personas con sordoceguera.

 

ARTÍCULO 2º.- El Poder Ejecutivo es la autoridad de aplicación,  a través del Ministerio de Desarrollo Humano o el organismo que en el futuro lo reemplace, quien instrumentará los mecanismos necesarios para la implementación de campañas de difusión provincial para comunicar a toda la población la importancia de reconocer el significado y las ventajas de utilización del bastón blanco; verde; y rojo y blanco u otro específico, concientizando y divulgando a la vez, el derecho a plena integración de las personas con discapacidad.

 

ARTÍCULO 3º.- El Programa de difusión y concientización sobre la funcionalidad de los distintos tipos de bastones, tendrá una periodicidad anual y acompañará las acciones que se implementen en los diferentes días de conmemoración asociados a la inclusión de las personas con discapacidad visual.

 

ARTÍCULO 4º.- Los Objetivos del Programa de Difusión y Concientización serán:

1) Brindar información y toma de conciencia sobre la funcionalidad de los Bastones Blanco; Verde; y Rojo y Blanco.

2) Sensibilizar para lograr la participación activa de toda la sociedad, mediante acciones concretas que favorezcan la inclusión.

3) Trabajar la temática particular sobre el uso de los bastones, desde el aspecto educativo en distintos ámbitos tales como escuelas, empresas, universidades, eventos, espacios públicos, educación no formal, entre otros.

4) Elaborar diferentes materiales gráficos y audiovisuales para ser divulgados en diversos medios, incluyendo las redes sociales.

 

ARTÍCULO 5º.- La autoridad de aplicación brindará capacitaciones a organismos gubernamentales y no gubernamentales vinculados con la temática expuesta en la presente ley, sobre la adquisición, uso y mantenimiento de los bastones blanco, verde, y rojo y blanco, como así también cualquier otro que cumpliese la misma función de identificación de personas con discapacidad. Dichas capacitaciones podrán ser dictadas en forma independiente o articulando con otros organismos vinculados en la temática, organismos oficiales o no, profesorados de enseñanza especial, centros de rehabilitación, sean estos nacionales, provinciales o municipales.

 

ARTÍCULO 6º.- Se invita a los Municipios a adherir a la presente ley.

 

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO II - 1670-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS

Las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, de Economía y Defensa al Consumidor y de Hacienda y Presupuesto estudiaron el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que se establecen Regímenes de Promoción de Oferta Gastronómica de Vino Varietal o Blend en Copa. Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

 

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Se establece en el ámbito de la Provincia de San Juan, un Régimen de Promoción de Oferta Gastronómica de Vino Varietal o Blend en Copa, destinado a locales gastronómicos, debidamente autorizados al expendio de bebidas alcohólicas para ser consumidas en el local.

 

ARTÍCULO 2º.- Se define como “Oferta Gastronómica de Vino Varietal o blend en Copa”, a la inclusión en la carta de bebidas de al menos cuatro (4) opciones de vinos varietales o blend elaborados en la Provincia, para ser comercializados por copa directamente desde la botella, o dos (2) opciones de vinos varietales o blend para ser comercializados desde el barril.

 

ARTÍCULO 3º.- Se establece en el ámbito de la provincia de San Juan un Régimen de Promoción para el fraccionamiento de los vinos en barriles de acero inoxidable de hasta cincuenta (50) litros de capacidad cada uno, destinado a los elaboradores de vino varietal o blend.

 

ARTÍCULO 4º.- Se define como fraccionamiento en barril a lo estipulado en la Resolución Nº 4/2018 del Instituto Nacional de Vitivinicultura para los elaboradores.

 

ARTÍCULO 5º.- El Poder Ejecutivo, a través del organismo o agencia del Estado correspondiente pondrá a disposición de los interesados en acogerse a estos regímenes, líneas de financiamiento específicas, con tasas y plazos de amortización preferenciales, para la adquisición del equipamiento necesario para dispensar vino por copa directamente desde la botella y para el envasado en barriles de acero inoxidable y expendio mediante pilones de vino tirado.

 

ARTÍCULO 6º.- Los locales gastronómicos que accedan al beneficio previsto en el artículo 5º, deben incluir en la carta de bebidas, la oferta gastronómica descripta en el artículo 2º de esta ley.

 

ARTÍCULO 7º.- El contenido de la copa de vino que comercialicen los locales gastronómicos que accedan al beneficio, será de ciento cincuenta centímetros cúbicos (150 cm3), como mínimo y su precio al público no excederá el treinta por ciento (30%) del precio de la botella completa del mismo vino, o de otro de similares características. Deberá incluirse en la carta de bebidas ambos precios en forma clara, detallando la capacidad en centímetros cúbicos, tanto de la botella como de la copa de vino respectiva.

 

ARTÍCULO 8º.- Los locales gastronómicos beneficiarios de este régimen podrán cambiar los varietales o blends ofrecidos en su carta, o agregar otras nuevas, pero deberán mantener al menos la oferta mínima establecida en el Artículo 6º, durante todo el tiempo de amortización del financiamiento otorgado para la adquisición de los equipos de expendio por copa.

 

ARTÍCULO 9º.- Los elaboradores que adhieran a este régimen de promoción, estarán obligados a envasar vinos varietales o blends en barriles, durante todo el plazo de amortización del financiamiento otorgado para la adquisición de los equipos de fraccionamiento en barril.

 

ARTÍCULO 10.- El Poder Ejecutivo, a través del organismo o agencia del Estado que corresponda, dará publicidad a los presentes regímenes de promoción en los distintos medios de comunicación y hará entrega a los locales gastronómicos y a los elaboradores que adhieran a estos regímenes, de cartelería identificatoria e informativa, para ser exhibida al público.

 

ARTÍCULO 11.- Se insta a las cámaras empresarias vitivinícolas, a realizar campañas publicitarias del presente régimen.

 

ARTÍCULO 12.- El Ministerio de la Producción y Desarrollo Económico de la Provincia, tendrá a su cargo el control del cumplimiento de estos regímenes de promoción, a través de la oficina de su dependencia que corresponda.

 

ARTÍCULO 13.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

ASUNTO III – 1853-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica estudió el proyecto de Resolución presentado por el bloque Justicialista por el que se declara de interés social, educativo y científico la capacitación "Investigación en el lugar del hecho". Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE RESOLUCION

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

 

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Social, Educativo y Científico, la capacitación "Investigación en el lugar del hecho, que se llevará a cabo durante los meses de octubre y noviembre del presente año, de forma virtual, organizada por la Asociación Civil de Profesionales en Ciencias Forenses y Auxiliares, (A.P.F.A.J).

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

ASUNTO IV – 2104 y 2192-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica estudió los informes enviados por la Universidad Nacional De San Juan y La Universidad Católica De Cuyo, mediante los cuales se informa sobre los nombres de los egresados del año 2021 que obtuvieron los mejores promedios en la carrera de abogacía y ciencias políticas en virtud de la Ley 868-F, artículo 10. Por las razones que dará su miembro informante, aconsejan se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

 

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.- Otorgar el Premio Honor Republicano Dr. Eduardo Luis Leonardelli – Dr. Pablo Antonio Ramella, Grandes Defensores de la Constitución y de las Instituciones, instituido por Ley N.º 868-F, a los egresados con mejor promedio que a continuación se detallan:

 

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN JUAN

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES

 

Carrera de Abogacía

ALUMNO: ÁVILA RUIZ, Francisco Daniel

D.N.I. N.º: 38.592.188

Promedio Académico: 8.79

 

Carrera Licenciatura en Ciencias Políticas

ALUMNO: CHECCARELLI PINTOR, Angelo Emmanuel

D.N.I. N.º: 35.507.928

Promedio Académico: 7.74

 

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CUYO

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

 

Carrera de Abogacía – Promoción 2012

ALUMNO: GUERRERO MARGARIT, María Paula

D.N.I. N.º: 39.954.276

Promedio Académico: 8.74

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

ASUNTO V – 2129-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS

La Comisión de Hacienda y Presupuesto estudió el proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que se designa al Titular de la Vocalía IV del Tribunal de Cuentas de la Provincia para intervenir en la Cuenta General del Ejercicio 2021 de ese Organismo. Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

 

R E S U E L V E :

 

 

ARTÍCULO 1º.- Designar al Titular de la Vocalía Nº IV del Tribunal de Cuentas de la Provincia, a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 120 de la Ley 1100-E, quien tendrá intervención en la Cuenta General del Ejercicio 2021 de ese Organismo.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

ASUNTO VI –2147-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            La Comisión de Salud y Deporte estudió el proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que se declara de interés social, educativo y sanitario las “XI Jornadas Hospitalarias del Hospital Marcial Quiroga”. Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

 

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de interés social, educativo y sanitario las “XI Jornadas Hospitalarias del Hospital Marcial Quiroga, denominadas Dr. Jorge Oliva - Tema: Sanidad Post Covid - Consecuencias en la Salud”, organizadas por el comité de docencia e investigación de dicho hospital, a realizarse del 3 al 5 de noviembre de 2021.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

ASUNTO VII - 2091-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica estudió el proyecto de Resolución presentado por el bloque Justicialista por el que se declara de interés social, cultural y educativo el "Seminario San Juan", edición 2021. Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE RESOLUCION

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

 

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Social, Cultural y Educativo el "Seminario San Juan", edición 2021, realizado por la filial San Juan de la Fundación Universitaria del Río de la Plata (FURP).

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

ASUNTO VIII –2194-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica estudió el proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés Social, Educativo y Científico, el Curso Taller "Laboratorio Experimental de Investigación, Desarrollo y Producción de Elementos Didácticos". Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

 

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de interés Social, Educativo y Científico, el Curso Taller "Laboratorio Experimental de Investigación, Desarrollo y Producción de Elementos Didácticos", organizado por el departamento de Matemática junto con la Secretaría de Extensión de la Facultad de Filosofía, Humanidades y Artes de la Universidad Nacional de San Juan, que se lleva a cabo, en forma virtual, desde el 12 de abril hasta el 29 de noviembre del corriente año.

 

ARTICULO 2°.- Comuníquese, insértese en el libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

ASUNTO IX –2220-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            La Comisión de Peticiones y Poderes estudió el proyecto de Resolución presentado por el Bloque bloquista por el que declara de interés social y cultural el programa radial” FESTIVAL SAN JUAN DE LA CANCIÓN”. Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

 

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Social y Cultural al programa Radial "FESTIVAL SAN JUAN DE LA CANCIÓN", que se emite por el dial 102.1 Mhz Señal Gaucha.

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, insértese en el libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

ASUNTO X –1459-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            La Comisión de Peticiones y Poderes estudió el proyecto de Comunicación presentado por el Bloque del Este, por el que solicita al Poder Ejecutivo gestione ante organismos nacionales, la instalación de una delegación de ANSES en el departamento Angaco. Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

 

C O M U N I C A:

 

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo gestione ante los organismos nacionales correspondientes, la instalación de una delegación de ANSES en el departamento Angaco.

 

 

ASUNTO XI –1672-2021

 

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            La Comisión de Peticiones y Poderes estudió el Proyecto de Comunicación presentado por el bloque Bloquista por el que solicita la instalación de una delegación de ANSES en Iglesia. Por las razones que dará su miembro informante, aconseja se preste sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

 

C O M U N I C A:

 

             Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo solicite a las autoridades de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), adopte las medidas necesarias para la instalación y puesta en funcionamiento de una Delegación en el departamento Iglesia.

 

SOBRE TABLAS

 

PUNTO 19

EXPTE. Nº 2353-2021

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

 

SANCIONA CON FUERZA DE

 

L E Y :

 

ARTÍCULO 1°.- Se sustituye el artículo 1º de la Ley Nº 1263-L por el siguiente:

 

ARTÍCULO 1º.- Declárase el Estado de Emergencia Hídrica, en todo el territorio de la provincia, por el término de un (1) año a partir del 26 de noviembre de 2021.”

 

ARTÍCULO 2°.- Se incorpora a la Ley Nº 1263-L, como segundo párrafo del artículo 3º, el siguiente texto:

 

“Se autoriza a la Dirección del Departamento de Hidráulica a celebrar convenios con los titulares o usuarios de perforaciones localizadas en todo el territorio de la provincia de San Juan para la utilización del agua subterránea, se traten de perforaciones registradas o no, siempre que cumplan con los requerimientos establecidos por el Departamento de Hidráulica”.

 

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

 

PUNTO 20

EXPTE. N° 2354-2021

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

 

ARTÍCULO 1º.- Se sustituye el artículo 1º de la Ley N° 783-P, el que queda redactado de la siguiente forma:

"ARTÍCULO 1°.- Declárase el Estado de Emergencia Pública en todo el ámbito de la Provincia de San Juan, en las materias que se establecen en los Capítulos siguientes, y hasta el 31 de diciembre de 2022. La presente ley pone en ejercicio el Poder de Policía de Emergencia del Estado, con el fin de dar prioridad a la satisfacción de los intereses colectivos, los derechos humanos básicos y el cumplimiento del rol del Estado para asegurar el bien común, ante las dificultades por las que atraviesan las finanzas públicas y la situación de carencia en que se encuentra una importante parte de la población; con arreglo a las siguientes bases:

1)    Propender al equilibrio presupuestario provincial, a la intangibilidad de los recursos públicos para el más eficiente cumplimiento de los fines a que están destinados y a fijar la reestructuración de las obligaciones que componen la deuda pública.

2)    Reactivar el funcionamiento de la economía y mejorar el nivel de empleo, con acento en un programa de desarrollo provincial.

3)    Encaminar un reordenamiento funcional y administrativo en orden a una mejor ejecución de políticas públicas, a fin de que el Estado cumpla con sus funciones básicas, propias e indelegables.

4)     Asistir y fortalecer a aquellos habitantes en condiciones de alta vulnerabilidad y peligro social, asegurándoles prestaciones alimentarias, el acceso a los bienes y servicios necesarios para lograr la recuperación y conservación de la salud y otras necesidades básicas inherentes con la dignidad de la persona."

 

ARTÍCULO 2º.- Se sustituye el artículo 4º de la Ley Nº 783-P el que queda redactado de la siguiente fomra:

 

"ARTÍCULO 4°.- Se suspende hasta el 31 de diciembre del año 2022 los procesos de ejecución de sentencia contra el Estado Provincial y demás organismos comprendidos en esta ley".

 

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

PUNTO 21

EXPTE. N° 2355-2021

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1º.- Se sustituye el artículo 2º de la Ley Nº 792-P el que queda redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 2º.- Del Estado de Emergencia Habitacional: A los efectos de la ejecución del plan que se implementa, declárase el Estado de Emergencia Habitacional, en todo el ámbito de la Provincia de San Juan, desde el 1º de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2023. Esta ley pone en ejercicio el poder de policía de emergencia del Estado, a fin de asegurar el bienestar general en materia habitacional, de manera rápida y eficiente, dando prioridad al ser humano con arreglo al orden jurídico, según las normas siguientes.”

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

PUNTO 22

EXPTE. N° 2356-2021

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1°.- Se sustituye el artículo 1º de la Ley Nº 1266-P, el que queda redactado de la siguiente forma:

 

ARTÍCULO 1°.- En virtud de la Ley N.º 783-P, que declara en su Artículo 6º la emergencia social, se suspende desde el 1º de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, los términos procesales de todos los juicios que tengan por objeto la ejecución de una hipoteca que no haya sido incluida en el fideicomiso establecido por la Ley Nacional N.º 25798.”

 

ARTÍCULO 2°.- Se sustituye el artículo 3º de la Ley Nº 1266-P, el que queda redactado de la siguiente forma:

 

ARTÍCULO 3°.- Se suspenden los procesos de ejecución por cobro de honorarios, desde el 1º de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022.”

 

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

PUNTO 23

EXPTE. N° 2357-2021

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1°.- Se sustituye el artículo 4º de la Ley Nº 1254-P, el que queda redactado de la siguiente forma:

 

ARTÍCULO 4°.- A los fines de poder gozar del beneficio establecido en el Artículo 2º, se deben cumplir los siguientes requisitos:

a)  Para las asociaciones civiles, estar inscriptas en la Inspección de Personas Jurídicas de San Juan, como tales; para las entidades sin fines de lucro, estar inscriptas en el órgano competente y, para los establecimientos educativos de gestión privada, autorizados por el Ministerio de Educación de la Provincia de San Juan;

b)  Solicitar el beneficio a través de un formulario de acogimiento, acompañando a la presentación todos los documentos exigibles para la regularización de la obra en infracción, hasta el 31 de diciembre de 2022;

c)  Contar con la aprobación final de la documentación técnica necesaria ajustada a la normativa vigente y rubricada por el profesional habilitado, en el término de ciento ochenta (180) días corridos, a partir de la presentación de acogimiento al beneficio, el que podrá ser prorrogado excepcionalmente y por única vez, por la Dirección de Planeamiento y Desarrollo Urbano, mediante resolución fundada, atendiendo a la complejidad de la obra a regularizar.”

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

PUNTO 24

EXPTE. N° 2358-2021

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1°.- Se sustituye el artículo 1º de la Ley Nº 969-P que queda redactado de la siguiente forma:

 

ARTÍCULO 1º.- Declárase el Estado de Emergencia de los Servicios de Seguridad que prestan la Policía de San Juan y el Servicios Penitenciario Provincial, hasta el 31 de diciembre de 2022.”

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

PUNTO 25

EXPTE. N° 2359-2021

 

PROYECTO DE LEY

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1°.- Se sustituye el artículo 1º de la Ley Nº 1267-P, el que queda redactado de la siguiente forma:

 

ARTÍCULO 1°.- Se suspende hasta el 31 de diciembre de 2022, todos los procedimientos judiciales en que se tramitan la homologación de convenios, proceso sumarios y sumarísimos, de desocupación, desalojo, restitución de inmuebles, como así también, los relacionados con los inmuebles de los vecinos de los barrios Jardín del Milagro (Santa Lucía); Portal de los Andes I, II y III; Solares de San Juan I, II, III, IV y V; y Solares de Otoño (Capital y Rivadavia), todos construidos o financiados por la Cooperativa de Vivienda Gualcamayo Ltda. o SUMA Construcciones S.R.L. o MAPAL Emprendimientos Privados S.R.L.; por juicios iniciados y promovidos por éstas, apoderados o cesionarios de derechos de los mismos, cualquiera sea su estado procesal y que no sean por causa penal.”

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

PUNTO 27

EXPTE. N° 2317-2021

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

R E S U E L V E:

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de interés social y cultural "La Fiesta Departamental de la Primavera" en su XXIX Edición, Localidad de Villa Iglesia, Departamento Iglesia, Provincia de San Juan.

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

PUNTO 28

EXPTE. N° 2322-2021

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

R E S U E L V E:

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de interés social y cultural el evento “Recitándole a Mamá” a realizarse en la Plaza de las letras “Dr. Carlos T. Alonso”.

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.

 

PUNTO 30

EXPTE. N° 2364-2021

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

R E S U E L V E:

 

ARTÍCULO 1º.- Remitir de modo inmediato el Expediente Nº 2337-2021 presentado ante la Mesa de Entradas y Salidas de esta Cámara de Diputados a los miembros del Jurado de Enjuiciamiento, conforme lo establecido en el artículo 79 de la Ley Nº 663-E.

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones de la Cámara de Diputados y archívese.