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Cuerpo Legislativo Actividad legislativa

Ley Nº: 7678

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTÍCULO 1º.- Dónase al Poder Judicial de la Provincia, un inmueble de propiedad del Estado Provincial, individualizado como fracción “A” del Plano de Mensura Nomenclatura Catastral N.º 15-80-760500, Plano N.º 15-3482-02, registrando inscripción de dominio N.º 1153 bis, Fº 53 bis, Tº 12, Año 1983, Dominio Privado del Estado, comprendiendo una superficie de 196,28 m2, con frente a calle Rivadavia s/n.º, en Villa Media Agua, Departamento Sarmiento.-

ARTÍCULO 2º.- Proceda la Escribanía Mayor de Gobierno, a la confección de la escritura pertinente, conforme lo establecido en el Artículo 1º.-


ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


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Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil cinco.- 

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