LOGO IRAM ISO 9001

Cuerpo Legislativo Actividad legislativa

Ley Nº: 7109

 

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTICULO 1º.- Modifícase el Artículo 1º, de la Ley Nº 7.074, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a avalar ante el 

Banco de la Nación Argentina con la afecta- ción de los recursos provinciales correspondientes a la Coparticipación Federal de Impuestos (Ley Nº 23.548 o el régimen que la sustituya en el futuro), el capital de los créditos para atender la cosecha, empaque y/o enristrado de ajos en la Provincia, por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLON QUINIENTOS MIL (U$S 1.500.000,00), pudiendo garantizar las operaciones cediendo en pago los fondos antes indicados (provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos)”.-


ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


----------0o0----------


Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil.- 

Buscador de Leyes

Buscar por texto o ley

Buscar por Fecha
aaaa-mm-dd

Buscar por rango de Fecha (desde - hasta)

-