Los integrantes de la Comisión Especial- Ley de Educación abordaron el tratamiento del título III referido a Educación de Gestión Privada, en el que fueron establecidas las facultades de registrar, reconocer, incorporar, supervisar y evaluar las instituciones de educación pública de gestión privada.
Por otra parte, fue destacada la necesidad de publicar en forma anual en los medios electrónicos y en al menos uno de alcance masivo gráfico, el listado de los establecimientos de educación privada que cumplen con lo exigido por el Ministerio, de manera tal de garantizar a los padres la información sobre los establecimientos serios y responsables y, al mismo tiempo, combatir la competencia desleal.
Otro punto destacable es la posibilidad de establecer una audiencia pública o en su defecto la constitución de una comisión con representantes de distintos sectores que intervengan en la habilitación de las instituciones de gestión privada.
Este tema permanece aún en estudio, pero de una u otra manera el objetivo es el de proteger a los ciudadanos de un uso mercantilista de la Educación por parte de aquellos que abusan de la buena fe de las familias prometiendo objetivos que no están en condiciones de cumplir.