En el marco de la apertura de la XXV reunión del Comité de Integración “Paso de Agua Negra”, el vicegobernador de la provincia de San Juan, Marcelo Lima junto al presidente del Consejo Regional, José Montoya, suscribieron un acuerdo y con sus firmas oficializaron la creación de este fondo.
Este fondo binacional podrá financiar en forma conjunta la edición, impresión, exposición y distribución de libros que contribuyan a consolidar las relaciones internacionales y cabe señalar que fue logrado gracias al permanente impulso conjunto de parte los consejeros regionales chilenos y los diputados de San Juan.
En tal sentido, tras las firmas del vicegobernador Lima y el presidente del Consejo Regional Montoya, fueron invitados el presidente de la comisión de Diálogo Político, consejero Alberto Gallardo y finalmente fueron invitados a refrendar el documento al intendente regional de Coquimbo, Claudio Ibáñez; el embajador de Chile en la Argentina, José Antonio Viera Gallo y el embajador de Argentina en Chile, José Octavio Bordón.
El acuerdo
De acuerdo con lo establecido en el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Recíproca, en la cláusula tercera inciso e), firmado el 8 de mayo de 2015 y la Declaración de Voluntades en Materia Cultural para el Rescate de la Historia y Construcción de Futuro, firmado el 7 de mayo de 2015, por el Consejo Regional de la Región de Coquimbo, Chile y la Cámara de Diputados de la provincia de San Juan, Argentina.
El Consejo Regional de la Región de Coquimbo y la Cámara de Diputados de la provincia de San Juan establecen:
Artículo 1° - Creáse el Fondo Editorial Binacional, que tendrá como finalidad la edición, impresión, exposición y distribución de libros que contribuyan a consolidar las relaciones internacionales de los territorios gestionado por el Consejo Regional de Coquimbo y la Cámara de Diputados de San Juan.
Artículo 2° - El domicilio del Fondo Editorial Binacional se constituye, en la República Argentina en avenida Libertador General San Martín esquina Las Heras, San Juan y por la República de Chile, en el Consejo Regional, en calle Prat 350 de la ciudad de La Serena.
Artículo 3° - El Fondo Editorial Binacional tendrá entre sus principales objetivos:
- Fomentar el trabajo intelectual de obras editoriales que aborden principalmente la recopilación y/o análisis de antecedentes históricos, culturales, sociales y económicos comunes a la Región de Coquimbo, Chile y de la Provincia de San Juan, Argentina.
- Promover actividades para el desarrollo del pensamiento y la expresión creativa de las personas habitantes de la Región de Coquimbo, Chile y de la Provincia de San Juan, Argentina.
- Desarrollar el sentido de fraternidad entre los pueblos de la Región de Coquimbo, Chile y de la Provincia de San Juan, Argentina.
Artículo 4° - El Fondo Editorial Binacional financiará proyectos cuyo objetivo sea la edición, publicación e impresión de obras inéditas y reedición de obras publicadas.
Artículo 5° - Las partes de común acuerdo y por escrito fijarán los procedimientos de concursabilidad y/o elegibilidad de las iniciativas presentadas al presente fondo. Las formalidades de concursabilidad se sujetarán a las legislaciones de cada territorio.
Artículo 6° - Las partes de común acuerdo fijarán los montos presupuestarios que se comprometerán y destinarán a la publicación de las obras seleccionadas, lo que se formalizará por escrito. Cada parte realizará la estructuración de partidas presupuestarias a que dé lugar.
Artículo 7° - Las partes acordarán en cada proyecto, el número de ejemplares a publicar a su cargo, garantizando, cada una en su jurisdicción, el cumplimiento de todos las exigencias legales correspondientes.
Artículo 8° - Las iniciativas presentadas al Fondo serán evaluadas por un jurado binacional, que deberá considerar, como mínimo, dentro del jurado establecido en cada territorio, un representante de la otra parte del presente instrumento.
Artículo 9° - En todas las ediciones y reediciones resultantes del presente Fondo deberá estamparse el logo o logos que se determine entre las partes para identificársele como resultado del presente Fondo Binacional.
Artículo 10° - Las partes fijarán un número de ejemplares de intercambio para archivo en las colecciones binacionales.
Artículo 11° - Toda modificación que se suscite en la ejecución de este convenio, será resuelto por Addenda, la que será parte integrante del presente instrumento.
Con la UNSJ
Por otra parte, fue suscripta un acta complementaria entre la Universidad Nacional de San Juan (UNSJ) y los alcaldes de Vicuña, Rafael Vera y de Paihuano, Lorenzo Torres Medina.
Sobre el particular, el documento acordado estipula que jóvenes alumnos de la provincia de San Juan puedan llevar a cabo sus prácticas en los municipios del Valle de Elqui y también en el sentido inverso, esto es, que los funcionarios puedan realizar sus prácticas en la Argentina.
Tras la firma por parte de los alcaldes, las actas complementarias fueron entregadas a la vicerrectora de la UNSJ, Mónica Coca Ripoll.