San Juan, 23 de noviembre de 2018.

DECRETO N.º 1123-P

 

VISTO:

                                   Lo acordado en la reunión de Labor Parlamentaria del día de la fecha, por los señores presidentes de bloque, que solicitan se convoque a Sesión Especial, a fin de dar tratamiento a diversos asuntos acordados por  la misma; y,

 

CONSIDERANDO:

                                   Lo dispuesto por el Artículo 23, Incisos 2), 6) y 9);  y artículos 100, 101 y 102 del Reglamento Interno de esta Cámara de Diputados;

 

                                   Que es necesario dictar el decreto de convocatoria;

 

POR ELLO:

 

EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN Y

 

PRESIDENTE NATO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

 

D E C R E T A :

 

 

ARTÍCULO 1.º-         Convocar a la Cámara de Diputados a celebrar la TERCERA SESIÓN ESPECIAL, para el día martes 27 de noviembre de 2018, a las 09:00 horas, con el objeto de tratar el siguiente Orden del Día:

 

- Designar a los señores diputados titulares y suplentes para integrar el Jurado de Enjuiciamiento, de acuerdo a lo preceptuado por el Artículo 230 de la Constitución Provincial.

 

- Designar a los señores diputados miembros integrantes de la Comisión Permanente, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 172 de la Constitución Provincial.

ASUNTOS ENTRADOS

 

Comunicaciones Oficiales

 

4424

1.         Mensaje N.º 0098 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que exime del impuesto inmobiliario 2018 y 2019, y de impuestos vinculados directamente con la actividad comercial, industrial o de servicios, a contribuyentes cuyos inmuebles se encuentren ubicados en avenida Ignacio de la Roza, entre calles Paula Albarracín de Sarmiento e Hipólito Yrigoyen.

 

Sobre tablas

4425

2.         Mensaje N.º 0099 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que modifica el Código Tributario de la Provincia, Ley N.º 151-I y modificatorias.

 

Sobre tablas

4426

3.         Mensaje N.º 0100 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, Presupuesto Provincial para el Ejercicio Fiscal Año 2019.

 

Sobre tablas

4427

4.         Mensaje N.º 0101 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, Impositiva para el Año Fiscal 2019.

 

Sobre tablas

4428

5.         Mensaje N.º 0102 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que modifica la Ley N.º 1469-J, Fondo Minero para el Desarrollo de Comunidades.

 

Sobre tablas

4429

6.         Mensaje N.º 0103 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que modifica la Ley N.º 970-M, Fondo Especial para el Desarrollo Minero.

 

Sobre tablas

 

4463

7.         Mensaje N.º 0104 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio Específico “Programa de Construcción de Viviendas Sociales”, celebrado entre la Dirección Provincial de Lote Hogar y la Municipalidad de Angaco.

 

Sobre tablas

4464

8.         Mensaje N.º 0105 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el “Convenio de Ejecución Plan Nacional de Seguridad Alimentaria - Funcionamiento de Comedores Escolares”, celebrado entre la Nación y la Provincia.

 

Sobre tablas

4465

9.         Mensaje N.º 0106 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el “Convenio de Ejecución Plan Nacional de Seguridad Alimentaria Fortalecimiento de las Prestaciones Alimentarias de Comedores Escolares Colonias de Verano”, celebrado entre la Nación y la Provincia.

 

Sobre tablas

4379

10.       Nota de la Vocalía N.º IV del Tribunal de Cuentas de San Juan, mediante la que informa que ha cursado nota al Consejo Profesional de Ciencias Económicas, a efectos de que el mismo eleve ternas de auditores, en cumplimiento del Artículo 120 de la Ley N.º 1100-E, para la Cuenta General 2018 del Tribunal de Cuentas.

 

            Hacienda y Presupuesto

4396

11.       Nota del Tribunal Electoral Provincial, en relación a la convocatoria y cronograma electoral de las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias y elecciones generales 2019.

 

            A conocimiento

 

 

Comunicaciones Particulares

 

4377

12.       Nota de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa-Región Cuyo, por la que solicita se declare de interés el Encuentro Regional PYME CUYO y CÓRDOBA.

 

            A conocimiento

4407-4408

13.       Notas de ciudadanos pertenecientes a Unidad Ciudadana San Juan, por la que solicita el tratamiento del proyecto de ley, que establece la paridad de género en las listas electorales.

 

            A conocimiento

4422

14.       Nota del Tribunal de Disciplina del Foro de Abogados de la Provincia de San Juan, por la que eleva anteproyecto de ley modificatorio de la Ley N.º 127-A.

 

            A conocimiento

 

 

DESPACHOS DE COMISIÓN

 

 

ASUNTO I

4328

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Obras y Servicios Públicos; y de Hacienda y Presupuesto, en el Mensaje N.º 0097 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Convenio de Cooperación y Financiación, celebrado entre la Nación y la Provincia, para la ejecución de la obra: Acueducto el Tambillo-Rodeo.

 

 

ASUNTO II

1665-17

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, en el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que adhiere a la Ley Nacional N.º 26892, de Promoción de la convivencia y el abordaje de la conflictividad social en instituciones educativas.

 

 

 

 

ASUNTO III

4252

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Justicia y Seguridad, en el Proyecto de Ley presentado por interbloques, mediante el que prorroga la Ley N.º 1266-P, de Emergencia Social.

 

 

ASUNTO IV

4253

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Justicia y Seguridad, en el Proyecto de Ley presentado por interbloques, mediante el que prorroga la Ley N.º 1267-P, que suspende todos los procedimientos judiciales en que se tramita la homologación  de convenios, procesos sumarios y sumarísimos, de desocupación, desalojos, restitución de inmuebles, como así también los relacionados con los inmuebles de los vecinos de los barrios Jardín del Milagro (Santa Lucía); Portal de los Andes I, II y III; Solares de San Juan I, II, III, IV y V y Solares de Otoño.

 

 

ASUNTO V

4254

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Justicia y Seguridad, en el Proyecto de Ley presentado por interbloques, mediante el que modifica la Ley N.º 783-P, de Emergencia Pública; y Ley N.º 969-P, de Emergencia de los Servicios de Seguridad de la Policía y Servicio Penitenciario.

 

 

ASUNTO VI

3694

Despacho de las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Salud y Deporte; y de Obras y Servicios Públicos, en el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que modifica la Ley N.º 781-Q.

 

 

ASUNTO VII

4173

Despacho de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, en el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista, por el que declara de interés científico y educativo, la Expo Jáchal 2018, organizado por la Escuela Agrotécnica Dr. Manuel Belgrano. 

 

 

ASUNTO VIII

0822

Despacho de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, en el Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por la que solicita al Poder Ejecutivo, arbitre los medios para la ejecución de la obra de cloacas destinada al barrio Margarita Ferrá de Bartol, de la villa San Agustín de Valle Fértil.

 

 

Proyectos presentados

 

4451

1.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que establece el boleto gratuito para personas en tratamiento ambulatorio por adicciones.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Hacienda y Presupuesto

            Salud y Deporte

4453

2.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que dispone el establecimiento de una dependencia de la Comisaría de la Mujer en el departamento Ullum.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Justicia y Seguridad

            Hacienda y Presupuesto

4466

3.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que dona un inmueble en el departamento Capital, al Centro de Jubilados y Pensionados Barrio del Carmen.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Hacienda y Presupuesto

            Obras y Servicios Públicos

 

 

4467

4.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, referido a permisos especiales de circulación para motovehículos antiguos de colección.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Justicia y Seguridad

            Obras y Servicios Públicos

4468

5.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que adhiere al régimen de la Ley Nacional N.º 27155, reglamentación del ejercicio profesional de guardavidas.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Salud y Deporte

4471

6.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que crea el Programa Provincial de Prevención, Detección Temprana y Protección de niños y adolescentes del cáncer.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Salud y Deporte

            Hacienda y Presupuesto

4478

7.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista, por el que instituye el día 19 de octubre de cada año, como “Día Provincial de la Concientización en la Prevención del Cáncer de Mama”.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Peticiones y Poderes

4486

8.         Proyecto de Ley presentado por interbloques, por el que modifica la Ley N.º 127-A, Ley Orgánica del Ejercicio de la Abogacía.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Justicia y Seguridad

4487

9.         Proyecto de Ley presentado por el Bloque Juntos por San Juan, referido a historia clínica digital.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Salud y Deporte

            Hacienda y Presupuesto

4488

10.       Proyecto de Ley presentado por el Bloque Juntos por San Juan, de eximición de pago previstos por las leyes N.º 789-A y 863-A, de personas jurídicas privadas citadas en el artículo 148, Inciso b) y c) del Código Civil.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Hacienda y Presupuesto

            Obras y Servicios Públicos

4489

11.       Proyecto de Ley presentado por el Bloque Compromiso Federal, sobre transferencias o escrituras de Lote Hogar.

 

            Legislación y Asuntos Constitucionales

            Obras y Servicios Públicos

4339

12.       Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Bloquista, por el que declara de interés histórico, social y cultural, los actos a realizarse en conmemoración del 105.º aniversario de la creación el departamento Chimbas.

 

Sobre tablas

4450

13.       Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que solicita al Poder Ejecutivo, realice las refacciones y mejoras del puente ubicado en la intersección de calles Hermógenes Ruiz y Las Moras, en el departamento Ullum.

 

            Obras y Servicios Públicos

4452

14.       Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que solicita al Poder Ejecutivo, el cumplimiento de las previsiones de la Ley N.º 792-P, en el departamento Ullum.

 

            Peticiones y Poderes

4454

15.       Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que solicita al Poder Ejecutivo, adopte las medidas pertinentes para el nombramiento de un licenciado psicopedagogo en el CIC del departamento Ullum.

 

            Educación, Cultura, Ciencia y Técnica

4455

16.       Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Compromiso con San Juan, por el que solicita al Poder Ejecutivo, la construcción de un puente sobre la Ruta 60 entre el campamento de Hidráulica y La Toma, en el departamento Ullum.

 

            Obras y Servicios Públicos

 

 

ARTICULO 2.º-         Por Secretaría Legislativa cítese a los señores diputados para  dar cumplimiento a lo dispuesto en el  Artículo 1.º del presente.

 

 

ARTÍCULO 3.º-         Comuníquese y  archívese.

 

 

 

FIRMAN:

 Marcelo Jorge Lima – Vicegobernador  y Presidente Nato de la C. D.

Mario Alberto Herrero – Secretario Legislativo

 

  

ASUNTO I

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS; Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO (4328-18)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Obras y Servicios Públicos; y de Hacienda y Presupuesto, han estudiado el Mensaje Nº 0097 y Proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo por el que se aprueba el Convenio de Cooperación y Financiación de la obra Acueducto El Tambillo-Rodeo; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1°.-         Apruébase el Convenio de Cooperación y Financiación para la ejecución de la obra Acueducto El Tambillo-Rodeo, suscripto entre la Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica, dependiente del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación; y el Gobierno de la Provincia de San Juan,  celebrado el 11 de septiembre de 2018, a los fines de mitigar el problema generado en el agua para abastecimiento humano, de las localidades de El Tambillo, Bella Vista, Villa Iglesia, Las Flores, Pismanta, Tudcum y Rodeo-Colola, situadas en el departamento Iglesia, que no cumple con los estándares de calidad exigidos por las normas locales y el Código Alimentario Nacional. Ratificado por Decreto Nº 1985-MIySP, del 7 de noviembre de 2018.

 

ARTÍCULO 2°.-         Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO II

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; Y DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA (1665-17)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica, han estudiado el Proyecto de Ley presentado por el Bloque Justicialista por el que se adhiere la Provincia de San Juan a la Ley Nº 26892; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.-         Adhiérase la Provincia de San Juan a la Ley Nacional Nº 26892, para la promoción de la convivencia y el abordaje de la conflictividad social en las instituciones educativas.

 

ARTÍCULO 2º.-         Es autoridad de aplicación de la presente ley, el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Educación de la Provincia de San Juan o el organismo que en el futuro lo reemplace, quien instrumentará los mecanismos y normas reglamentarias pertinentes.

 

ARTÍCULO 4º.-         Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO III

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; Y DE JUSTICIA Y SEGURIDAD (4252-18)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Justicia y Seguridad, han estudiado el Proyecto de Ley presentado por interbloques, mediante el que prorroga la Ley N.º 1266-P, de Emergencia Social; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.-         Sustitúyese el Artículo 1º de la Ley N.º 1266-P, el que queda redactado de la siguiente forma:

            “ARTÍCULO 1º.-        En virtud de la Ley N.º 783-P, que declara en su Artículo 6º la emergencia social, suspéndese desde el 1º de enero de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2019, los términos procesales de todos los juicios que tengan por objeto la ejecución de una hipoteca que no haya sido incluida en el fideicomiso establecido por la Ley Nacional N.º 25798”.

 

ARTÍCULO 2º.-         Sustitúyese el Artículo 3º de la Ley N.º 1266-P, el que queda redactado de la siguiente forma:

            “ARTÍCULO 3º.-        Suspéndese los procesos de ejecución por cobro de honorarios desde el 1º de enero de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2019”.

 

ARTÍCULO 3º.-         Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO IV

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; Y DE JUSTICIA Y SEGURIDAD (4253-18)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Justicia y Seguridad, han estudiado el Proyecto de Ley presentado por interbloques, mediante el que prorroga la Ley N.º 1267-P, que suspende todos los procedimientos judiciales en que se tramita la homologación  de convenios, procesos sumarios y sumarísimos, de desocupación, desalojos, restitución de inmuebles, como así también los relacionados con los inmuebles de los vecinos de los barrios Jardín del Milagro (Santa Lucía); Portal de los Andes I, II y III; Solares de San Juan I, II, III, IV y V y Solares de Otoño; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

 

ARTÍCULO 1º.-         Sustitúyese el Artículo 1º de la Ley N.º 1267-P, el que queda redactado de la siguiente forma:

            “ARTÍCULO 1º.-        Suspéndese hasta el 31 de diciembre del año 2019, todos los procedimientos judiciales en que se tramita la homologación de convenios, procesos sumarios y sumarísimos, de desocupación, desalojos, restitución de inmuebles, como así también los relacionados con los inmuebles de los vecinos de los barrios Jardín del Milagro (Santa Lucía); Portal de los Andes I, II y III; Solares de San Juan I, II, III, IV y V; y Solares de Otoño (Capital y Rivadavia), todos construidos o financiados por la Cooperativa de Vivienda Gualcamayo Ltda., o SUMA Construcciones S.R.L., o MAPAL Emprendimientos Privados S.R.L.; por juicios iniciados y promovidos por éstas, apoderados o cesionarios de derechos de los mismos, cualquiera sea su estado procesal y que no sean por causa penal”.

 

ARTÍCULO 2º.-         Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO V

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; Y DE JUSTICIA Y SEGURIDAD (4254-18)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

            Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; y de Justicia y Seguridad, han estudiado el Proyecto de Ley presentado por interbloques, mediante el que modifica la Ley N.º 783-P, de Emergencia Pública; y Ley N.º 969-P, de Emergencia de los Servicios de Seguridad de la Policía y Servicio Penitenciario; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

 

ARTÍCULO 1º.-         Sustitúyense los Artículos 1º y 4º de la Ley N.º 783-P, los que quedarán redactados de la siguiente forma:

ARTÍCULO 1º.-        Declárase el  Estado de Emergencia Pública en todo el ámbito de  la  Provincia de San Juan,  en las materias que se establecen en los Capítulos siguientes, y hasta el 31 de diciembre de 2019. La presente ley pone en ejercicio el Poder de Policía de Emergencia del Estado, con el fin de dar prioridad a la satisfacción de los intereses colectivos, los derechos humanos básicos y el cumplimiento del rol del Estado para asegurar el bien común, ante las dificultades por las que atraviesan las finanzas públicas y la situación de carencia en que se encuentra una importante parte de la población; con arreglo a las siguientes bases:

1-            Propender al equilibrio presupuestario provincial, a la intangibilidad de los recursos públicos para el más eficiente cumplimiento de los fines a que están destinados y a fijar la reestructuración de las obligaciones que componen la deuda pública.

2-            Reactivar el funcionamiento de la economía y mejorar el nivel de empleo, con acento en un programa de desarrollo regional.

3-            Encaminar un reordenamiento funcional y administrativo en orden a una mejor ejecución de políticas públicas, a fin de que el Estado cumpla con sus funciones básicas, propias e indelegables.

4-            Asistir y fortalecer a aquellos habitantes en condiciones de alta vulnerabilidad y peligro social, asegurándoles prestaciones alimentarias, el acceso a los bienes y servicios necesarios para lograr la recuperación y conservación de la salud y otras necesidades básicas inherentes con la dignidad de la persona.

 

ARTÍCULO 4º.-         Suspéndese hasta el 31 de diciembre del año 2019 los procesos de  ejecución  de  sentencia  contra  el Estado Provincial y demás organismos comprendidos en esta ley”.

 

ARTÍCULO 2º.-         Sustitúyese el Artículo 1º de la Ley N.º 969-P, el que queda redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 1º.-        Declárase el  Estado de Emergencia los servicios de seguridad que prestan la Policía de San Juan y el Servicios Penitenciario Provincial, hasta el 31 de diciembre de 2019”.

 

ARTÍCULO 3º.-         Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO VI

DESPACHO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES; DE SALUD Y DEPORTE; Y DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS (3694-18)

CAMARA DE DIPUTADOS:

Vuestras Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales; de Salud y Deporte; y de Obras y Servicios Públicos, han estudiado el Proyecto de Ley  presentado por el Bloque Justicialista, por el que modifica la Ley Nº 781-Q, de adhesión a la Ley Nacional Nº 17565; y, por las razones que os dará su miembro informante aconseja le prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE LEY

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

 

ARTÍCULO  1º.-        Sustitúyase el Artículo 3º de la Ley Nº 781-Q, el que quedará redactado de la siguiente manera:

            ARTÍCULO  3º.-      A partir de la sanción de la presente ley no podrán instalarse nuevas farmacias, ni realizarse ningún tipo de traslado de las existentes a una distancia menor a setecientos metros (700 m) de una que se encuentre ya instalada y en funcionamiento, salvo las siguientes         excepciones:

1)    Destrucción total del local donde estaba funcionando.

2)    Rescisión del contrato de locación por causas no imputables al locatario.

3)    Traslado de un local ajeno a un local propio.

Las  excepciones previstas podrán efectuarse solamente dentro de los doscientos metros (200m) de su ubicación de origen y a no menos de trescientos metros (300 m) de otra farmacia ya existente”.

 

ARTÍCULO 2º.-         Incorpórase el Artículo 4º de la Ley Nº 781-Q, el que quedará redactado de la siguiente manera:

            “ARTÍCULO 4º.-        Las farmacias por ser una extensión del sistema de salud, estarán racionalmente distribuidas en el territorio provincial, a fin de asegurar la atención y calidad de su servicio. Se autorizará la habilitación de una farmacia por cada 3000 habitantes tomándose como base los datos arrojados por el último Censo  Nacional de Población. Los departamentos y localidades que posean 5000 habitantes o menos, quedan exceptuados de la regulación de cantidades de farmacias con relación a la densidad  poblacional”.

                                                                     

ARTÍCULO 3º.-         Incorpórase el Artículo 5º de la Ley Nº 781-Q, el que quedará redactado de la siguiente manera:

            “ARTÍCULO 5º.-        Aquellas nuevas farmacias que deseen instalarse en el territorio de la Provincia y cuenten con un inmueble mayor a los ciento           cincuenta metros cuadrados (150 m2), no podrán hacerlo en una distancia menor a mil quinientos metros (1.500 m), de las plazas departamentales”

 

ARTÍCULO 4º.-         Incorpórase el Artículo 6º de la Ley Nº 781-Q, el que quedará redactado de la siguiente manera:

            “ARTÍCULO 6º.-        Sólo se podrá autorizar la instalación de farmacias, cuando sus propietarios, locatarios y responsables de la actividad sean:

a)    Personas humanas y sociedades de responsabilidad limitada, habilitadas para ejercer el comercio, inscriptas en el Registro Público de Comercio.

b)    Asociaciones Mutuales, cuyas farmacias se regirán por la Ley Nacional Nº 20321 y sus modificatorias.

c)    Obras Sociales y Gremiales que se encuentren autorizadas por sus estatutos “. 

 

ARTÍCULO 5°.-         Incorpórase el Artículo 7º de la Ley Nº 781-Q, el que quedará redactado de la siguiente manera:

                        ARTÍCULO  7°.-      Es autoridad de aplicación de la presente ley el Poder        Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud Pública de la Provincia o el organismo que en el futuro lo reemplace”.

 

ARTÍCULO 6°.-         Incorpórase el Artículo 8º de la Ley Nº 781-Q, el que quedará redactado de la siguiente manera:

            “ARTÍCULO 8º.-       Las infracciones a las normas de la presente ley y sus reglamentaciones serán pasibles de la aplicación de sanciones contravencionales que en cada caso se indican en la Ley N° 941-R Código de Faltas de la Provincia de San Juan”.

 

ARTÍCULO 7°.-         Comuníquese al Poder Ejecutivo.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO VII

DESPACHO DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TÉCNICA (4173-18)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

Vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica ha estudiado el Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Justicialista por el que declara de interés científico y educativo a la Expo Jáchal 2018; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

R E S U E L V E :

 

ARTÍCULO 1º.-         Declarar de interés educativo y cultural, la Expo Jáchal 2018, organizada por la Escuela Agrotécnica Dr. Manuel Belgrano del departamento Jáchal, a desarrollarse el día 30 de noviembre del corriente año.

 

ARTÍCULO 2º.-         Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

-------000-----

 

                                   Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.

                                                                                                                                                                    

 

ASUNTO VIII

DESPACHO DE LA COMISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS (0822-18)

CÁMARA DE DIPUTADOS:

Vuestra Comisión de Obras y Servicios Públicos ha estudiado el Proyecto de Comunicación del Bloque Compromiso con San Juan por el que solicita la ejecución de la obra de cloacas del Barrio Margarita Ferrá de Bartol de Valle Fértil; y, por las razones que os dará su miembro informante, aconseja prestéis sanción favorable al siguiente despacho:

 

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

C O M U N I C A :

 

 Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Planificación e Infraestructura y OSSE lleve a cabo la planificación, el presupuesto y la ejecución de la obra de cloacas destinada al Barrio Margarita Ferrá de Bartol de la Villa San Agustín De Valle Fértil.

 

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            Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.